El “Green Pass” o “certificado COVID” de Europa entró en vigencia este mes. Resulta clave para desplazarse sin restricciones por los países de la Unión Europea y algunos que están por fuera de ese bloque como Noruega e Islandia. Es la llave para movilizarse por el continente sin tener la necesidad de hacer hisopados ni cuarentenas por coronavirus. Representa un paso importante en una vuelta progresiva hacia la normalidad en los traslados, que estuvieron bloqueados durante mucho tiempo por la pandemia.

Es un documento digital e impreso, gratuito y universal disponible en el idioma de cada país y en inglés. Concentra información sobre vacunación, pruebas realizadas como antígenos y PCR e información sobre si la persona tuvo y superó el COVID-19. Además del nombre tiene otros datos como la fecha de nacimiento, país emisor e identificador único del certificado.

Lo emiten las autoridades nacionales, por ejemplo en hospitales y centros de test, y puede solicitarse de manera virtual. La versión digital puede almacenarse en un dispositivo móvil. Ambas modalidades, la virtual y la impresa, tienen un código QR con una firma digital para garantizar que el certificado es auténtico. Cuando se comprueba el certificado se escanea el código QR y se verifica la firma. Cada centro emisor tiene su propia clave de firma digital, que está guardada en una base de datos segura en cada país. Sólo se podrá pedir y aprobar si el usuario superó la enfermedad, se vacunó o si puede documentar una PCR negativa de más de 11 días.

Para obtener el pasaporte se reconocen todas las vacunas contra el COVID-19 avaladas por la Agencia Europea de Medicamentos (EMA). Entre ellas están las desarrolladas por Pfizer/BioNTech, Moderna, Oxford/AstraZeneca y Johnson & Johnson. Los Estados miembros también podrán decidir por sí mismos si aceptan otras inmunizaciones. Hasta el momento no se reconoció el suero ruso Sputnik V, uno de los que se aplica en Argentina.

En principio el titular del certificado queda exento de las restricciones a la circulación. Excepto que los países en los que se desplace determinen que deba cumplir con limitaciones que sean necesarias y proporcionadas para salvaguardar la salud pública. Por ejemplo, ante un escenario de agravamiento de la situación epidemiológica y sanitaria por nuevas variantes de la enfermedad. En ese caso el país en cuestión tendría que notificar a la Comisión y a los demás Estados miembros y justificar su decisión.

No se trata de un certificado obligatorio, aunque sí es fundamental para agilizar el traslado en Europa sin necesidad de tener que completar formularios y trámites por la pandemia. Además evita tener que cumplir con medidas de prevención como los hisopados y las cuarentenas, excepto que se disponga lo contrario.