El Banco Central de la República Argentina (BCRA) anunció ayer nuevas medidas para restringir el acceso al dólar a tipo de cambio oficial.

La más importante, es que los consumos en dólares con tarjeta de crédito pasarán a computarse dentro del límite de 200 dólares por mes que se permite adquirir a las personas.

Esto quiere decir que si una persona realiza con tarjeta de crédito una compra por 100 dólares, el cupo para compra de dólar billete se reduce a 100 dólares.

Si alguien ya realizó compras por, por ejemplo, 1.000 dólares, durante cinco meses no podrá acceder a la compra de los 200 dólares mensuales.

Además, tanto la compra de dólares como el consumo con tarjeta estará alcanzado por un pago del 35% a cuenta del Impuesto a las Ganancias o Bienes Personales. Es decir que al valor del dólar minorista habrá que sumar un 30% del impuesto PAIS y el 35% de Ganancias y BBPP. Al precio de hoy de 80 pesos, daría un tipo de cambio de de 132 pesos. Esto es así porque al cambio minorista ($80) se le suma el 30% del impuesto PAIS ($24) y $28 de Ganancias.

El anticipo a cuenta de Ganancias se utilizó en el cepo que rigió entre 2011 y 2015. Los asalariados que pagaban ganancias, lo recuperaban rápidamente presentando los formularios correspondientes a sus empleadores. Los autónomos, lo deducían de la liquidación anual del impuesto. Los monotributitas, tenían que pedir la devolución a la AFIP. Ahora no habrá devolución inmediata. Es decir que la inflación corroerá el monto acumulado como anticipo.

Así lo explicó el BCRA: "A los efectos de priorizar la asignación de divisas a la recuperación del crecimiento económico y el empleo, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) establece un mecanismo de percepción a cuenta del pago de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales del 35% para las operaciones de formación de activos externos (FAE) de personas humanas y las compras con tarjetas (débito y crédito) en moneda extranjera".

"La iniciativa se propone mantener el cupo de 200 dólares mensuales vigente, pero desalentar la demanda de moneda extranjera que realizan las personas humanas con fines de atesoramiento y gastos con tarjeta".

Las medidas también fijan restricciones para que las empresas accedan al mercado único y libre de cambio (MULC) para saldar sus deudas en dólares. La circular señala que sólo podrán comprar dólares por el equivalente al 40% de la deuda documentada. Por el 60% restante, deberán presentar un plan de refinanciación.

Con estos anuncios, se espera frenar la demanda de dólares y la pérdida de reservas. Indicaron que la persona que abre una cuenta en dólares va a tener que demostrar ingresos propios como para poder ahorrar en moneda extranjera.