Las exportaciones de todo tipo de carnes tendrán un nuevo control estatal, a través de declaraciones juradas que deberán presentarse previamente, según lo establece la Resolución Conjunta 3/2021 de los ministerios de Agricultura y Desarrollo Productivo, publicada este martes en el Boletín Oficial.

La medida, que había sido anticipada el pasado jueves para a los cortes bovinos, frescos, refrigerados o congelados, finalmente incluirá también los embarques de otras especies: aviar, porcina, ovina, caprina y equina.

La Declaración Jurada de Operaciones de Exportación de Carne (DJEC) deberá presentarse en la Dirección Nacional de Control Comercial Agropecuario (DNCCA) a cargo desde febrero último de Luciano Zarich que, como autoridad de aplicación, actuará en sintonía con la Secretaría de Comercio Interior, que comanda Paula Español.

Los funcionarios argumentan que se trata de establecer “declaraciones juradas como tienen los granos desde 2001 y que no contemplaban a las carnes”. Y aseguran que buscan “transparentar el comercio de carnes con una mirada más exhaustiva desde el Estado, con consultas cruzadas con AFIP y el Banco Central”.

La resolución contempla también “precios de referencia, por categoría y por corte, para que de esa manera también se eviten subfacturaciones y se ingresen las divisas correspondientes. Para ello también habrá una Comisión de Fiscalización en la que participará el Banco Central (BCRA), que monitoreará la liquidación de dólares de la exportación. También se verificará que las empresas que firmaron acuerdos de precios con Comercio Interior los cumplan, para que no se vean perjudicados en relación a los que no los cumplen, a través de una Comisión de Seguimiento”.

El argumento oficial se centra en tres ejes: “controlar mejor que no se subfacture, que se ingresen las divisas y que se cumplan los acuerdos de precios”.

Más allá de las intenciones, operadores de la actividad advierten sobre los riesgos de discrecionalidad que pueden acarrear los permisos estatales, y los mecanismos de favoritismos eventualmente asociados. La Dirección Nacional de Control Comercial Agropecuario (DNCCA), tiene similares funciones a la ex ONCCA que fue desmantelada en 2011 luego de las denuncias de corrupción en la asignación de los ROE (Registros de Operaciones de Exportación), el registro antecesor de las DJEC que dejó muy malos recuerdos en la cadena agroindustrial.

Los 9 requisitos de las nuevas declaraciones de exportación de carne

Las DJEC deberán contener al menos la siguiente información de la operación a realizar:

-Período de embarque de la mercadería

-Datos identificatorios del exportador

-Tipo de mercadería (deberá aclararse partida arancelaria, Certificación Sanitaria, Categoría de animal)

-Tipo de carga: enfriada o congelada

-Volumen de venta en toneladas

-Precio FOB Oficial

-Fecha de cierre de venta

-Informar si es sujeto obligado de informar en el Sistema Informático para la Implementación de Políticas de Reactivación Económica (SIPRE). En caso que no sea sujeto obligado y sea productor interno, deberá informar el volumen de lo comercializado en el mercado interno en los últimos dos meses.

-Datos identificatorios del comprador incluyendo: I.1. Denominación. I.2. Tipo societario. I.3. Domicilio. I.4. País. I.5. Código de identificación tributaria del comprador en dicho país. I.6. Si se trata de intermediario o destinatario final.

-País de destino de la mercadería (podrá indicarse “indeterminado” al momento de la registración con cargo de completarlo al cierre de la operación).