La aplicación de la Ley 27.555 de teletrabajo, que debía entrar en vigencia el 1° de abril, quedó en suspenso para los empleados que deben realizar trabajo a distancia con motivo del COVID-19, según una resolución dictada por el Ministerio de Trabajo, pero la decisión causó reacciones dispares: mientras fue elogiada por los empresarios, causó malestar en el sindicalismo kirchnerista que había impulsado el proyecto el año pasado con el aval del titular del bloque de diputados oficialistas, Máximo Kirchner.

La resolución 142/21, que se publicó este viernes en el Boletín Oficial, tiene un solo artículo y sostiene que, mientras siga la emergencia sanitaria, los trabajadores que deban realizar home office para minimizar la posibilidad de contagios no podrán ser considerados dentro del régimen dispuesto en la ley de teletrabajo, que en su articulado establece el principio de voluntariedad, es decir, la exigencia de que “el traslado de quien trabaja en una posición presencial a la modalidad de teletrabajo, salvo casos de fuerza mayor debidamente acreditada, debe ser voluntario y prestado por escrito”.

El vicepresidente de la Unión Industrial Argentina (UIA), Daniel Funes de Rioja, consideró ante Infobae que la resolución del ministro Claudio Moroni “se convirtió en una aclaración necesaria y pertinente porque el régimen de teletrabajo fue sancionado para regir 90 días después de finalizada la emergencia sanitaria, pero durante ese período existen normas impuestas excepcionales, no sólo las dispensas y licenciamientos sino también el trabajo a distancia y, dentro de éste, la posibilidad del teletrabajo”.

“Pero en el contexto de las normas por el COVID, es decir, bajo circunstancias excepcionales y de carácter temporario, no se trata del régimen laboral común sino que constituyen situaciones dentro de la emergencia, como la prohibición de despidos y suspensiones -agregó-. Por ende, si a partir del 1° de abril hubieran quedado confundidos ambos sistemas, estarían comprendidos dentro del nuevo régimen de teletrabajo figuras incluidas allí por imperio de la emergencia y mientras durara ese período”.

La norma dictada por Trabajo, sin embargo, no fue bien recibida en las filas de la CTA de los Trabajadores: la calificaron como “una concesión al empresariado” ya que “con otra reglamentación están suspendiendo la aplicación de una ley” y eso provocará que “mientras dure la nueva resolución los empleadores seguirán sin pagar los gastos ni cumplir los puntos que prevé el régimen de teletrabajo”.

Única central obrera enrolada en el ultrakirchnerismo, la CTA de los Trabajadores está conducida por el diputado nacional del Frente de Todos Hugo Yasky, quien fue uno de los impulsores del proyecto de ley de teletrabajo junto con otros dirigentes de ese sector, como su secretario gremial, Claudio Marín, adjunto de FOETRA Buenos Aires (telefónicos), y la diputada oficialista Vanesa Siley, que preside la Comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara baja y lidera un sindicato de judiciales (SITRAJU).

Fuentes ceteístas admitieron que plantearon sus reparos a la resolución de Trabajo ante Máximo Kirchner, jefe del bloque de diputados oficialistas, quien había dado su respaldo el año pasado a la sanción de la ley de teletrabajo, en medio del apoyo formal de Moroni y de las profundas diferencias que originó la iniciativa del Frente de Todos entre los dirigentes de la cúpula de la CGT.

En octubre pasado, durante el Coloquio de IDEA, el secretario de Relaciones Internacionales de la CGT, Gerardo Martínez (UOCRA), tomó distancia de la ley de teletrabajo: “Ni nosotros ni los empresarios tuvimos oportunidad de hablar sobre una ley en la que no hay consenso. No hubo mesa de diálogo. Una ley que no es concertada no se cumple. Mi responsabilidad como representante de los intereses de los trabajadores es que queremos ser parte del debate en un contexto de reglas de juego claras”.

En una entrevista con Infobae, el secretario de Acción Social de la CGT, José Luis Lingeri, destacó en junio pasado que el teletrabajo “en algunos casos puede servir y en otros es negativo porque rompe el vínculo con la empresa y con el grupo familiar” y afirmó que en la central obrera no eran partidarios de que el trabajo a distancia se regulara mediante una ley sino “en el marco de los convenios colectivos”.

Aun así, el kirchnerismo impuso la sanción de la ley sin cambio alguno en ambas cámaras legislativas y miró con recelo el decreto reglamentario de la norma que elaboró el Ministerio de Trabajo porque, al tener en cuenta críticas de empresarios y sindicalistas, atenuó los alcances de algunos de sus artículos.

Marcelo Aquino, abogado laboralista que asesora a empresas, también elogió ante Infobae la resolución 142/21 de la cartera laboral porque “otorga un manto de realidad al tema” del teletrabajo.

“Entiendo que el Ministerio de Trabajo, al dictar la Resolución 54/21 que dispuso la entrada en vigencia del régimen de teletrabajo, no se ajustaba a esa norma porque cuando los legisladores incluyeron que la ley entraba a regir a los 90 días de finalizado el aislamiento obligatorio, se referían al comienzo de un período de normalidad pospandemia”, dijo el abogado, que añadió: “Que el Decreto 1033/20, del 21 de diciembre de 2020, haya afirmado que no había en el país zonas con aislamiento obligatorio no significaba haber regresado a un período de normalidad”.

Para Aquino, “la realidad que reconoce la resolución 142/21, en cuanto a que se mantienen las restricciones y recomendaciones sanitarias en todo el país, el impedimento de asistencia al trabajo de los empleados por ser grupos de riesgos y tener que realizar tareas en forma remota, la vigencia de la Declaración de Emergencia Sanitaria al citar al Decreto 260/20, prorrogado en su vigencia hasta el 31 de diciembre próximo, implica aceptar haber cometido un error de ansiedad con la resolución 54/21″.

Por eso, opinó, “la resolución 142/21 del Ministerio de Trabajo otorga certidumbre a las relaciones laborales entre empleador y aquel trabajador que debe seguir prestando sus tareas desde su casa, no por decisión de las partes, sino por razones objetivas de fuerza mayor”. “Tan es así que la misma resolución no establece fecha en que volverá a entrar a regir la resolución 54/21, es decir, la fecha en que será obligatorio el régimen de la Ley 27.555 de teletrabajo”, dijo el abogado, que para concluir señaló: “En tiempos de incertidumbre, valoro una norma que brinda certeza y claridad”.