La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) comenzará a analizar las fichas de inscripción de quienes solicitaron percibir el Refuerzo de Ingresos dispuesto por el Gobierno nacional, más conocido como IFE 4 (Ingreso Familiar Extraordinario).

La Resolución 115/2022 publicada este jueves en el Boletín Oficial con la firma de Fernanda Raverta, titular de la Anses, establece los parámetros que se tendrán en cuenta para realizar la evaluación patrimonial y socioecnómica de los solicitantes y determinar así si se encuentran en condiciones de percibir el IFE 4 o bien por el contrario le debe ser denegado el beneficio.

El detalle de toda la información que analizará la Anses:

* Una vez realizada la inscripción al IFE 4 la Anses realizará, antes de la liquidación y pago, la revisión de los requisitos y la evaluación socioeconómica y patrimonial.

* El resultado de las evaluaciones realizadas y la determinación del derecho a percibir el "Refuerzo de Ingresos" estará disponible en el sitio "MI ANSES", dentro del Aplicativo Digital “Refuerzo de Ingresos”.

*Quienes cuenten con seguro de medicina prepaga no podrán acceder a la percepción del “Refuerzo de Ingresos”.

* El requisito de cobertura de salud será de aplicación a los trabajadores y las trabajadoras que perciban ingresos por el desarrollo de actividades laborales informales y no registradas y sus ingresos no superen al valor equivalente de dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles vigente al mes de abril de 2022, y a las personas que se encuentren en situación de desempleo.

*Aquellas personas que se encuentran comprendidas dentro del período de carencia como consecuencia de la finalización de una actividad laboral formal, serán consideradas que no cuentan con cobertura de salud.

*Los solicitantes de entre 18 y 24 años de edad inclusive no podrán acceder al cobro del IFE 4 cuando el control de ingresos de su grupo familiar supere al valor equivalente de tres Salarios Mínimos Vitales y Móviles.

*La evaluación socioeconómica y patrimonial para ambos progenitores se realizará sobre los grupos familiares de todos los solicitantes, excepto cuando se trate de personas que pertenezcan a grupos de vulnerabilidad socioeconómica asistidos por prestaciones de la seguridad social.

*Aquella persona solicitante a cuyos progenitores corresponda realizar una evaluación socioeconómica, no se considerará destinataria del “Refuerzo de Ingresos” cuando estos hayan percibido una suma de ingresos en los últimos seis meses, cuyo promedio mensual supere el monto equivalente a dos veces el Salario Mínimo Vital y Móvil vigente al mes de abril de 2022.

*Concluidas las revisiones y evaluaciones se procederá a la liquidación, control y puesta al pago de la prestación.

*En todos aquellos casos en los que la Anses determine que corresponde el recupero del IFE 4 percibido indebidamente, se procederá a descontar los importes respectivos en forma mensual, compensándolos automáticamente con cualquier otro beneficio que le corresponda percibir a la persona titular/solicitante, hasta cubrir el total de la deuda.

*El “Refuerzo de Ingresos” será susceptible de descuentos únicamente por sumas indebidas correspondientes a prestaciones cuyos pagos se encuentran a cargo de Anses.

*El monto del descuento no podrá ser superior al 20% del monto neto a percibir por cada titular/solicitante, una vez aplicados aquellos descuentos que, por disposición normativa, revistan un orden prioritario dentro del proceso de deducciones a emplear.