A través de la disposición 1595/2020 publicada este viernes en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANMAT) prohibió la comercialización en todo el país de un aceite de oliva y una pulpa de tomate, ambos por presentar irregularidades en su registro y correcta rotulación.

El primer productoque no podrá seguir siendo ofrecido a la venta es el "Aceite de Oliva Extra Virgen marca Oleum Flumen", alimento que era comercializado a través de la plataforma digital Mercado Libre y "no cumplía con la información obligatoria".

El organismo detalló en la resolución que el motivo de la prohibición fue "por carecer de registros de producto (RNPA) y establecimiento (RNE) y por estar falsamente rotulado", lo que lo transforma en un producto "ilegal".

En tanto, una pulpa de tomate envasada fue considerada como falsamente rotulada, pero además, adulterada, ya que se le encontraron restos de otro alimento.

La conserva en cuestión es la pulpa de tomate de la marca "Mi Pupa", cuyas muestras analizadas arrojaron que existen elementos histológicos de zapallo en su contenido, además de no cumplir con lo declarado en el rótulo.

Según la ANMAT, esto se debe a que "anteriormente no se paraba la línea de cocción en los cambios de vegetal, es decir, la pulpa de tomate arrastraba en flujo del pistón la pulpa de zapallo, provocando la presencia de zapallo en la pulpa de tomate".