En lo que se considera el primer paso para la economía post pandemia, el Gobierno envió ayer al Congreso el proyecto de ley de moratoria impositiva, aduanera y de seguridad social para todos, que tiene por objetivo aliviar la carga de las deudas acumuladas por todos los contribuyentes humanos y jurídicos.

El plan abarca a todas las deuda vencidas hasta el 30 de junio del 2020 y todos los planes y facilidades que ya lanzó la AFIP y que están caídos, vencidos o anteriores se consolidan en un solo plan de regularización.

La iniciativa amplía el universo a las personas físicas sin certificado pyme y a las grandes empresas.

Así lo informaron el ministro de Desarrollo productivo, Matías Kulfas; y la titular de la AFIP Mercedes Marcó del Pont, al presentar los detalles del "proyecto de ampliación de moratoria para todo tipo de empresas y sectores".

"Así como la Argentina le pidió a los acreedores reestructurar sus deudas para poder crecer, lo mismo cuenta para que las empresas puedan tener el alivio y cuando termine esta pandemia estén reestructuradas sus deudas impositivas y previsionales para crecer de manera sólida con el menor daño posible", explicó el ministro Kulfas.

De acuerdo con el proyecto, las personas físicas y jurídicas sin distinción tendrán la posibilidad de adherirse a la moratoria, en el caso de su aprobación legislativa, hasta el 31 de octubre.

En tanto, la primera cuota de la moratoria vencerá el 16 de noviembre.Entre los beneficios más importantes, se destaca "la inclusión de deudas vencidas hasta el 30 de junio de 2020 y dependiendo del tamaño de las empresas e individuos que se adhieran podrán regularizar sus deudas en hasta 96 o 120 cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras".

En el caso de los aportes personales con destino al Sistema Único de la Seguridad Social se podrán armar planes de hasta 48 y 60, de acuerdo a la condición de los solicitantes.

La moratoria hoy vigente incluía las deudas hasta el 29 de noviembre de 2019, y las pymes que ya habían suscripto algún plan de refinanciación serán automáticamente incorporadas a este nuevo régimen por ser más beneficioso.

Condonaciones y multas

En todos los casos se prevé una condonación parcial de intereses y total de multas, mientras que la tasa de interés será del 2% mensual hasta enero de 2021 en lugar del 3% que regía hasta el momento, y a partir del año próximo se aplicará una tasa variable en pesos. También se permitirá utilizar todas las devoluciones aprobadas y pendientes de pago que el contribuyente tenga a favor en AFIP para compensar la deuda, aunque sólo pueden utilizarse aquellos saldos existentes antes de la aprobación de la ley y no pueden utilizarse saldos técnicos para compensar.

El proyecto de ley también establece condiciones para las empresas de mayor tamaño que ingresen a la moratoria. En este caso, y durante 24 meses, no podrán distribuir dividendos -sus ganancias-, no podrán realizar operaciones con títulos para eludir la normativa cambiaria ni acceder al mercado de cambios para realizar pagos a entidades vinculadas. Osea, que les está prohibido realizar compras o transferencias de dólares.

Marcó del Pont aclaró que "lo único que queda afuera de esta moratoria son los aportes a las obras sociales y las ART", al tiempo que resaltó que "incluye organizaciones civiles sin fines de lucro y a todo el entramado de actores que están siendo muy damnificados por la crisis de la pandemia como monotributistas y autónomos".

La titular de la AFIP también aclaró que "aquellos que ya adhirieron a la Ley 27.541 de Moratoria Pyme se les va a revisar automáticamente hacia atrás esa disminución de la tasa de interés, y también se van a incluir las deudas que están regularizadas a través de otros planes" del organismo.

Deudas con la AFIP
 

La deuda exigible en materia impositiva, previsional y aduanera que no está regularizada y que puede ser considerada dentro de una ampliación de moratoria es de $281.700 millones y el monto total asciende a $500.000 millones al sumar moratorias vigentes.

Claves del plan que ingresó a Diputados


El proyecto de ley girado a Diputados "amplía el universo de contribuyentes que pueden adherirse a la moratoria vigente a todas las personas jurídicas y humanas para ofrecer alivio, pudiendo regularizar sus deudas los contribuyentes que no podían acceder en los términos de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva".

*Será posible adherirse a la moratoria, en el caso de su aprobación legislativa, hasta el 31 de octubre y la primera cuota vencerá el 16 de noviembre".

*Entre los beneficios más importantes, se destaca "la inclusión de deudas vencidas hasta el 30 de junio de 2020 y dependiendo del tamaño de las empresas e individuos que se adhieran podrán regularizar sus deudas en hasta 96 o 120 cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras".

*Los plazos serán de hasta 48 o 60 cuotas para las obligaciones correspondientes a los recursos de la seguridad social y se prevé una condonación parcial de intereses y total de multas.

*La tasa de interés será del 2% mensual hasta enero de 2021 y, a partir de ese momento se aplicará una tasa variable en pesos.

*Se permitirá utilizar todas las devoluciones aprobadas y pendientes de pago que el contribuyente tenga a favor en AFIP para compensar la deuda (sólo pueden utilizarse aquellos saldos existentes antes de la aprobación de la ley y no puedan utilizarse saldos técnicos para compensar).

*El proyecto de ley también establece condiciones para las empresas de mayor tamaño, las que durante 24 meses no podrán distribuir dividendos, realizar operaciones con títulos para eludir la normativa cambiaria ni acceder al mercado de cambios para realizar pagos a entidades vinculadas.

*En el Frente de Todos confían en que la aprobación de la moratoria contará con el respaldo de la mayoría de las fuerzas parlamentarias.

En tal sentido recordaron que ya existen proyectos del oficialismo y de la oposición para que se amplíe la moratoria en base a lo contemplado en la ley de Solidaridad Social aprobada en diciembre.