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ARGENTINA

Alerta Sofía: qué propone la reforma legislativa que busca transformar la búsqueda de menores en el país

La iniciativa, presentada por el legislador de Unión por la Patria Nicolás Trotta, propone establecer tiempos máximos de activación.

Por Redacción Diario de Cuyo 27 de julio de 2026 - 21:51

El sistema Alerta Sofía —el mecanismo de emergencia diseñado para coordinar la búsqueda urgente de niños, niñas y adolescentes desaparecidos en situaciones de alto riesgo— vuelve a estar en el centro de la agenda pública y legislativa. Ante los recurrentes cuestionamientos por la falta de respuestas ágiles y las demoras en su implementación durante casos resonantes, avanza en el Congreso un proyecto de ley destinado a modificar radicalmente su funcionamiento.

¿Qué es el Alerta Sofía y cómo funciona actualmente?

Implementado inicialmente por el Ministerio de Seguridad de la Nación (inspirado en modelos internacionales como la Alerta Amber), este protocolo se activa únicamente ante casos de "Alto Riesgo Inminente". Su propósito es lograr una difusión masiva y coordinada a través de medios de comunicación, redes sociales y plataformas digitales para que la ciudadanía aporte datos que permitan dar con el paradero del menor.

Sin embargo, desde su creación, su aplicación ha sido excepcional y su dependencia exclusiva de normativas administrativas y resoluciones ministeriales dejó en evidencia vacíos estructurales que retrasan su puesta en marcha en momentos críticos.

Los puntos clave de la reforma en debate

El nuevo proyecto de ley que se discute en el parlamento busca dotar a la herramienta de un marco normativo obligatorio y subsanar las falencias históricas del sistema. Entre los ejes centrales de la reforma se destacan:

Plazos estrictos de activación: La iniciativa establece que el programa de alerta rápida deberá activarse de manera obligatoria dentro de las 6 horas de realizada la denuncia formal en sede policial, en el Ministerio Público o en el Poder Judicial, evitando así la burocracia inicial que demora los rastrillajes.

Creación de un Registro Nacional: Se proyecta la formalización de un sistema unificado bajo la órbita de la cartera de seguridad nacional para centralizar la información, los protocolos de búsqueda de personas extraviadas y la identificación de NN (hallados con vida o fallecidos).

Obligatoriedad institucional: Al pasar de una órbita meramente resolutiva a tener fuerza de ley, se busca comprometer de forma directa a los distintos poderes del Estado, optimizando la articulación entre las fuerzas federales, la justicia y los organismos provinciales.

Qué plazos propone el proyecto

La reforma fija tres escalas temporales según el nivel de riesgo y la edad de la persona desaparecida:

Hasta 2 horas en situaciones catalogadas como de alto riesgo.

Hasta 4 horas cuando se trate de menores de 14 años.

Hasta 8 horas para adolescentes de entre 14 y 17 años.

Si esos tiempos se cumplen sin que exista una resolución fundada por parte de la autoridad competente, el proyecto dispone que la alerta se active de forma automática, sin necesidad de un nuevo trámite o autorización adicional.

Cuando nos referimos a "presunción legal de alto riesgo" para determinadas situaciones, lo que simplifica y acelera la respuesta estatal. Esta presunción aplica cuando:

La persona desaparecida es menor de 14 años.

Existen indicios de violencia, trata o traslado ilegítimo.

El niño o adolescente tiene una discapacidad o requiere medicación permanente.

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