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La ANMAT prohibió la venta de una marca de productos de limpieza sin registro sanitario

La medida fue formalizada mediante la disposición 2491/2026 publicada este martes en el Boletín Oficial.

Por Redacción Diario de Cuyo 5 de mayo de 2026 - 11:13

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, uso, comercialización, publicidad y distribución en todo el territorio nacional de una marca de productos de limpieza por carecer de registro sanitario.

La medida quedó establecida a través de la Disposición 2491/2026 publicada en el Boletín Oficial de este martes con la firma del responsable del organismo, Luis Fontana.

La decisión incluye a presentaciones de lavandina, cloro, alguicidas, desengrasantes, suavizantes y otros artículos destinados a la limpieza y el cuidado del hogar. La decisión regirá hasta tanto se regularicen conforme a la normativa vigente.

Detalles de la Disposición

La medida se originó a partir de las tareas de fiscalización y monitoreo realizadas por el Servicio de Domisanitarios del Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal y dispuso la prohibición total de uso, comercialización, publicidad y distribución de productos de la marca “Agranel” en todo el país y en plataformas de venta electrónica.

Según el informe oficial, ninguno de estos artículos se encuentra inscripto en los registros oficiales, lo que supone una infracción a la normativa que rige la elaboración, distribución y venta de productos domisanitarios en la Argentina.

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La disposición instruye también a la Dirección de Relaciones Institucionales, la Dirección de Gestión de Información Técnica y otras dependencias técnicas y administrativas del Ministerio de Economía para que intervengan en la vigilancia y control del cumplimiento.

En el proceso de verificación, la autoridad sanitaria consultó a la Provincia de Buenos Aires, que informó que “no se encontraba registro en su jurisdicción” de los productos mencionados.

Si bien el apoderado de la empresa “reconoció los productos como propios”, la ANMAT advirtió que se desconocen “las condiciones de manufactura” y recordó que “tanto los establecimientos como los productos domisanitarios deben contar con las correspondientes habilitaciones y registros para poder ser comercializados”.

La disposición ordena además dar intervención a la Coordinación de Sumarios para que, en una instancia posterior, se inicie el procedimiento sumarial destinado a determinar las responsabilidades administrativas de la empresa y sus representantes.

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