La pérdida de un familiar es un momento de profunda conmoción, pero también exige resolver trámites legales y económicos de urgencia. Cuando la persona fallecida cobraba una jubilación o prestación previsional, la legislación argentina contempla la Pensión Derivada de ANSES, un mecanismo de protección que garantiza la continuidad de la asistencia económica para los dependientes directos del causante.
Qué es la Pensión Derivada de ANSES y quiénes tienen derecho a solicitarla
Ante el fallecimiento de un jubilado, la ley contempla el traspaso del beneficio previsional a sus familiares directos bajo condiciones específicas.
Quiénes son los beneficiarios con derecho al cobro de ANSES
El orden de prelación para solicitar la sustitución o derivación del haber jubilatorio establece quiénes pueden acceder al beneficio:
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Cónyuge o conviviente: la viuda, viudo o conviviente que acredite convivencia pública y en aparente matrimonio durante los últimos años.
Hijos solteros menores de edad: o hasta los 18 años, siempre que no perciban otra prestación.
Hijos con discapacidad: sin límite de edad, si dependían económicamente del fallecido al momento del deceso.
Documentación imprescindible para iniciar la solicitud
Para dar inicio al expediente en la oficina de ANSES es necesario contar con la partida de defunción del titular, DNI del solicitante, acta de matrimonio actualizada o pruebas de convivencia (mima dirección en el DNI, cuentas compartidas, testigos o libreta de familia) y las partidas de nacimiento de los hijos menores.
El trámite requiere la solicitud de un turno presencial bajo el concepto "Pensión" e iniciar el trámite dentro de los plazos recomendados para evitar pérdidas en retroactivos.