Cuando docentes de diversos contextos se disponen a enseñar sobre la familia y el matrimonio, ya sean estos profesores, madres, padres, agentes comunitarios jóvenes o adultos o el mismo Estado por medio de sus funcionarios o autoridades institucionales, lo primero que deben conocer es el significado del término familia y matrimonio. Definir estos conceptos con absoluta precisión, no sólo dice acerca de su preparación y conocimientos, sino además que debe dejar de lado sus opiniones personales para universalizar, es decir, extender a todos, sin prejuicios e ideologías, el conocer, dejando de lado sus particulares puntos de vista para enseñar a quien sea, niño, aprendiz o adulto, con honestidad intelectual y discernimiento irrefutable. Por eso existen los institutos educativos, la ética y el derecho.


No existe forma alguna de entender el concepto de familia si no es por la generación de vida. El matrimonio es la institución que da origen a la familia y por su condición sexuada, tiene diferenciación fisiológica de sexo, una dimensión de la persona humana en virtud de la cual el hombre existe únicamente según dos formas, irreductibles y complementarias: varón y mujer. En ella, tiene lugar el nacimiento de un hijo/a, independientemente de los condicionamientos que se puedan atribuir a la simple relación de personas.


La palabra matrimonio proviene del latín matrimonium. Esta voz, en su origen, se encontraba formada por las raíces latinas matr-, procedente del vocablo latino mater, matris, que significa 'madre'', y por el elemento -monium, que se empleaba para designar actos rituales o jurídicos. Por lo tanto la potencialidad de la maternidad sobreviene por la característica del útero materno, por lo que no existe el matrimonio homosexual por el mismo vínculo que aquella le imprime. Se ha creado así, una invención jurídica fundada de carácter urbano para darle existencia. Entonces, ¿por qué querrían casarse las personas afectadas a su mismo sexo? En ningún lugar del mundo se impiden la multiplicidad de relaciones o la convivencia para estas. ¿De qué derechos o legalidad estamos hablando si el Estado mismo es quien le da la particularidad al matrimonio ya que de él sobreviene la progenie, la generación o la descendencia?


El matrimonio heterosexual ha sido desde siempre instituido con carácter de orden público y el Estado una vez establecido tal ordenamiento, normaliza toda una serie de beneficios y/o garantías justamente por el derecho y sus gravámenes en todos y cada uno de ellos, ya sea entre los contrayentes o entre estos y sus hijos por el carácter público que él tiene. Por otra parte todas las relaciones humanas incluidas las ocasionales, no son de orden público, salvo que hayan sido instituidas, de lo contrario de estas no procede ningún derecho. Así, de ninguna relación homosexual por su carácter de simple relación o analogía de otras, puede sobrevenir algún derecho.


Para que quede aún más claro: Dos personas deciden convivir juntos o bien compartir una pieza o un hogar o porque se estiman o son compañeros, trabajan juntos o son amigos o incluso "amigovios'', pero lo hacen porque de lo contrario no podrían pagar la renta, quieren reducir costos e incluso ayudarse o porque quieren estudiar juntos, pero ninguno de ellos es homosexual. ¿Es que entonces alguno de ellos no tendrían derecho a ningún beneficio social porque no tendría relaciones sexuales? Esto es absolutamente absurdo.


En Conclusión: La familia y por consiguiente el matrimonio es una institución de carácter público legitimada por la ley. No se debe confundir de ninguna manera la familia con cualquier tipo de relación o vínculos que se trabe. De hecho hay miles de formas de vínculos o relaciones, pero no podemos deformar una institución en miles de formatos simplemente para darles el ordenamiento de ser público a un sinnúmero determinado de relaciones.