AFIP extendió la devolución a jubilados del 15% por compras con tarjeta de débito
La medida, vigente desde el 17 de febrero del año pasado, también alcanza a beneficiarios de la AUH, AUE y pensiones no contributivas nacionales.
La medida, vigente desde el 17 de febrero del año pasado, también alcanza a beneficiarios de la AUH, AUE y pensiones no contributivas nacionales.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó este miércoles el régimen de reintegro del 15% en las compras realizadas con tarjeta de débito y que alcanza a jubilados y pensionados que cobran el haber mínimo y a titulares de la Asignación Universal por Hijo, la Asignación Universal por Embarazo y a beneficiarios de pensiones no contributivas nacionales.
La medida, dispuesta por medio de la Resolución General 4956/2021 publicada hoy en el Boletín Oficial, prevé la extensión del beneficio hasta el próximo 30 de junio y establece un reintegro de hasta 700 pesos mensuales por beneficiario que puede llegar a los 1.400 pesos en el caso de los titulares de la AUH con dos o más hijos.
La devolución del 15%, establecida en febrero del año pasado en el marco de la sanción de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva como parte de las políticas implementadas por el gobierno de Alberto Fernández para amortiguar el efecto de la pandemia de coronavirus, se calcula sobre el monto total del consumo realizado con tarjeta de débito con dichos topes mensuales.
“Desde que entró en vigencia este régimen de reintegro a sectores vulnerados representó un impulso adicional a la demanda por una suma cercana a los 5.000 millones de pesos”, destacó el organismo recaudador que conduce Mercedes Marcó del Pont.
Los reintegros se acreditan en forma automática cuando los beneficiarios de este régimen realizan compras en comercios con la tarjeta de débito en las perciben sus prestaciones. Las operaciones abonadas con esas tarjetas bajo la modalidad de Pago Electrónico Inmediato (PEI) o códigos de respuesta rápida (QR) también están alcanzadas por el beneficio.
La devolución no requiere de ninguna inscripción ni trámites adicional. Será recibida por todos los beneficiarios alcanzados por este régimen por cualquier compra en supermercados, autoservicios, almacenes, y cualquier comercio dedicado a la venta de alimentos, tanto mayorista como minorista, que acepte pagos con tarjeta de débito.
Fuente: Minuto Uno
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