España, 2 de enero.- El endurecimiento de la legislación vigente desde 2006 implica que no se puede fumar en ningún local, incluidos los bares, los restaurantes, las discotecas, los casinos y los bingos.

Desde hoy quedan libres de humo todos los lugares accesibles al público o de uso colectivo, con independencia de su titularidad pública o privada, así como los transportes públicos o colectivos. En el ámbito de la hostelería, sólo está permitido fumar al aire libre; es decir, en todo espacio no cubierto o rodeado lateralmente por un máximo de dos paredes, muros o paramentos.

Tampoco se pueden consumir cigarrillos en todo el recinto de los hospitales, incluidos accesos y zonas de tránsito, y en las áreas de ocio infantil, así como en los centros educativos, aunque se permite en los lugares abiertos de los campus universitarios. Por su parte, los medios de comunicación también están sujetos a esta ley, que les exige a partir de este momento no emitir programas o imágenes en las que los presentadores o colaboradores fumen o publiciten tabaco.

Sí será legal consumir cigarrillos en clubes privados de fumadores, en las zonas separadas de establecimientos penitenciarios, centros psiquiátricos, de mayores y de personas con discapacidad, mientras los hoteles reservarán hasta el 30% de las habitaciones para quienes tengan esta adicción. Las infracciones leves serán sancionadas con una multa de hasta unos 40 dólares, las graves se penalizarán con hasta 13.000 dólares y las muy graves acarrearán hasta los 800.000 dólares.