Según informa el periódico El País, el Ejecutivo definió el monto a partir del cual se deberá informar a la Dirección General Impositiva (DGI) el saldo, promedio anual y rendimiento de los depósitos bancarios: será de U$S 50.000 para residentes, tanto personas físicas como jurídicas.


El mismo diario consigna que la Ley de Transparencia Fiscal Internacional, Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo -además de flexibilizar el secreto bancario- obliga a identificar a los beneficiarios finales de sociedades uruguayas y aumenta los impuestos a las sociedades en paraísos fiscales.


Tan importante como la ley, es la reglamentación que emitirá el Poder Ejecutivo en las próximas horas. Allí se establecerá que todas las cuentas de residentes con depósitos superiores a U$S 50.000 deberán reportar su saldo, promedio anual y rendimiento al fisco, adelantó a El País el subsecretario de Economía y Finanzas, Pablo Ferreri.