La AFIP pondrá en marcha el denominado sistema de Monotributo-Recategorización de Oficio (Moreo) para poder modificar por su cuenta la categoría de los contribuyentes que no hayan informado debidamente sobre su situación fiscal.
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Monotributistas: por oficio serán recategorizados
La nómina de los sujetos recategorizados será publicada en el Boletín Oficial el primer día hábil de los meses de febrero, junio y octubre de cada año, y dicha publicación contendrá, respecto de cada responsable, la denominación del contribuyente, la CUIT y la categoría determinada de oficio y fecha a partir de la cual resultará operativa.
Mediante el Moreo, los contribuyentes podrán consultar los motivos y elementos de juicio de la decisión administrativa, así como la liquidación de los montos adeudados en concepto de impuesto integrado y cotización previsional. También tendrán 15 días para presentar un recurso de apelación mediante transferencia electrónica de datos, accediendo con clave fiscal al nuevo sistema. Por otro lado, la resolución 4104-E indica que los sujetos adheridos al monotributo que deban encuadrarse en una nueva categoría respecto del cuatrimestre calendario mayo-agosto, tendrán que ‘efectuar su recategorización, sin excepción, hasta el día 20 de septiembre de 2017. Para quienes mantengan las categorías las fechas de vencimiento marcan el siguiente cronograma: las categorías F,G,H,I,J y K el 20 de septiembre de 2017, para las D y E el 20 de octubre de 2017, las B y C el 20 de noviembre de 2017 y la A el 20 de diciembre de 2017.