La discusión que enfrenta a fiscales y jueces por el alcance de los derechos de las víctimas en el proceso penal continúa generando adhesiones y tomando volumen institucional. Tras los pronunciamientos del Consejo de Fiscalías y Asesorías (CONFIAS) y del Colegio de Magistrados, ahora fueron abogados del foro local quienes decidieron intervenir públicamente en la controversia.
Otro respaldo para el juez Sanz en la pulseada con la fiscal Salica: ahora de un conocido penalista
Luego de los comunicados de CONFIAS y del Colegio de Magistrados, el abogado penalista Roly Olivera y otro letrado difundieron un documento en el que respaldan la postura del juez Diego Sanz, cuestionan la interpretación de los fiscales y reivindican el derecho de las víctimas a participar activamente en las audiencias.
Uno de ellos es Roly Olivera, abogado penalista, periodista y dirigente político de Capital, quien junto a otro letrado difundió este miércoles un extenso documento en el que analiza el conflicto y fija una postura favorable al criterio sostenido por el juez de Garantías Diego Sanz en la disputa que mantiene con la fiscal Claudia Salica.
El eje de la discusión es conocido. Mientras la fiscal Salica considera suficiente que las víctimas expresen por escrito su consentimiento para una reparación integral, Sanz exigió que concurrieran a la audiencia para ratificar personalmente su voluntad. La postura derivó en un fuerte contrapunto institucional que primero motivó un comunicado de CONFIAS en respaldo de la fiscal y luego otro del Colegio de Magistrados en defensa del accionar del juez.
Ahora, Olivera y su colega se sumaron al debate con una posición claramente alineada con la interpretación de Sanz. En el documento sostienen que la Ley 1851-O, que instauró el sistema acusatorio en San Juan, amplió deliberadamente los derechos de las víctimas respecto del viejo Código Procesal Penal y que toda interpretación debe realizarse favoreciendo su participación efectiva en el proceso.
Los abogados cuestionan especialmente el argumento de CONFIAS según el cual los jueces no pueden exigir requisitos que la ley no prevé expresamente. A su entender, esa lectura desconoce el artículo 12 del Código Procesal Penal, que establece que toda disposición referida a la víctima debe interpretarse en beneficio de su intervención efectiva.
“El nuevo código vino a darle más derechos a las víctimas, no menos”, afirman los firmantes, quienes consideran que escuchar a la persona afectada antes de homologar un acuerdo no constituye una exigencia arbitraria sino una garantía de participación.
Otro de los puntos más duros del escrito apunta contra el concepto de “revictimización institucional” utilizado por CONFIAS para cuestionar la presencia de las víctimas en las audiencias. Según los abogados, garantizar que una víctima pueda expresarse ante un juez no implica revictimizarla, sino reconocerla como sujeto de derechos dentro del proceso penal.
Además, plantean interrogantes sobre la adhesión de las Asesorías Oficiales al comunicado de los fiscales, al considerar que esos organismos tienen entre sus funciones la protección de personas en situación de vulnerabilidad, muchas veces en calidad de víctimas.
El documento concluye con una defensa explícita del rol judicial. Los autores sostienen que los jueces no pueden convertirse en “buzones de los fiscales” y que su función es garantizar los derechos de todas las partes involucradas en el proceso.