Doce años después del escándalo y la indignación sufridos por al menos 154 familias, que entre marzo de 2009 y abril de 2010 pagaron millones de pesos o entregaron vehículos u otros bienes como parte de pago de una casa del IPV que nunca consiguieron, los cinco acusados de ese megafraude se encaminan a salirse con la suya: jamás devolvieron un peso a las víctimas y la Justicia parece que tampoco los alcanzará con un juicio y una eventual condena. El 2 de noviembre de 2018, un tribunal de la Sala I de la Cámara Penal les concedió la probation (suspensión del juicio a prueba) pero sólo uno cumplió (Alejandra Dragui), los otros cuatro no y ahora piden ser desligados con un sobreseimiento por prescripción de la acción penal, es decir que se declare oficialmente que ya nada se puede hacer contra ellos.
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¿Megafraude con casas del IPV queda en nada por incumplimiento de la probation?
Uno de esos acusados es el publicista Pedro Ignacio Roldán Zagarra. A través de su defensa, pidió el sobreseimiento por prescripción en el Juzgado de Ejecución Penal encargado de controlar que pagara $12.000 en 12 cuotas e hiciera trabajos comunitarios. En su escrito, agregó una expresión que a muchos en Tribunales les sonó a burla: mencionó que "desistía" de la probation, como si fuera algo que le concernía decidir a él, indicaron.
Los otros acusados son Carlos Albornoz, presunto líder de las maniobras: había ofrecido una reparación simbólica del daño de $18.000 en 6 cuotas y tareas comunitarias. Marcos Barragán y su madre Miriam Quiroga: habían ofrecido $50.000 cada uno en 18 cuotas y trabajos en favor de un ente de bien público.
La fiscal Marcela Torres se había opuesto inicialmente a darles probation a la mayoría de los imputados por lo "exiguo" del ofrecimiento monetario, entre otros motivos.
Y cuando el año pasado supo que los imputados empezaron a reclamar un sobreseimiento, volvió a oponerse, pidió informes sobre el cumplimiento o no de la probation de cada acusado. Y al enterarse que cuatro de ellos no cumplieron, más de una vez "instó" al tribunal a la realización del juicio, indicaron voceros judiciales.
Por un fallo de la Corte de Justicia, debería ser el mismo tribunal que concedió la probation, la Sala I de la Cámara Penal (ahora con otros jueces), quien revoque ese beneficio y ordene la realización del juicio.
Pero más allá de la revocación, que se da por descontada, entrarán a jugar las interpretaciones sobre los plazos para investigar, juzgar y sentenciar un delito. Fiscalía entiende que aún hay tiempo para juzgar y sentenciar. Otros, en cambio, consideran lo contrario.
La ecuación es la siguiente: el plazo de una investigación se computa desde el día en que se comete el delito y, generalmente, no puede exceder el máximo de la pena: 6 años en el caso de la estafa. Pero existen actos legales que interrumpen esa prescripción y provocan que esos tiempos vuelvan a contarse de cero. Esos actos son: la comisión de un nuevo delito, el primer llamado a indagatoria, la elevación de la causa a juicio, la citación a juicio y la sentencia.
En este caso uno de los hechos que interrumpió la prescripción fue la citación a juicio ocurrida el 20 de diciembre de 2012. En otras palabras, los 6 años de plazo máximo deberían contarse desde ese día hasta el 2 de noviembre de 2018, cuando se concedió la probation, es decir casi 6 años después.
A ese cómputo habría que sumarle los dos años en que se suspendieron los plazos por la probation. Pero ya sería cuestión de interpretación de los jueces si aún hay tiempo o no para hacer el juicio. Los "más generosos" en ese cálculo estiman que, retrotrayendo todo al momento en que se concedió la probation, quedaría apenas 1 mes y 18 días para juzgar y sentenciar sin que prescriba. La última palabra la tiene el tribunal.