Nota de TN

A menos de una semana de la sentencia a Patricio Pioli por “pornovenganza”, la Justicia le revocó la prisión domiciliaria y el condenado tendrá que volver a la cárcel. La sentencia al tatuador fue por difundir material íntimo de Paula Sánchez Frega después de la separación.

Pioli cumplía la condena en su casa porque el fallo no estaba firme. Pero la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de La Rioja dejó sin efecto esa medida y ordenó el inmediato traslado del tatuador al Servicio Penitenciario Provincial.

Fue condenado a cinco años de prisión por “coacción y lesiones leves calificadas” en contra de su expareja, que logró llevarlo a juicio. La sentencia fue por ejercer violencia de género contra Sánchez Frega. Además de filtrar fotos y videos íntimos tomados mientras estaban de novios, entre otros delitos. Tendrá que pagar las costas del juicio.

La sentencia la dispuso el Tribunal de la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de La Rioja, presidido por la jueza Edith Agüero junto a los magistrados María Petrillo y Fernando Romero.

Se trató del primer proceso oral en el país por difusión de material sexual íntimo, tipificado en el Código Penal como “pornovenganza”. El caso fue clave para la Reforma del Código y la inclusión de esta figura como delito informático.

Sánchez Frega conoció a Pioli en 2016, cuando fue al local donde trabajaba. Iniciaron una relación y a los dos meses el tatuador se fue a vivir a la casa de ella. Dos meses después la relación empezó a tensionarse por continuas peleas. A los ocho meses de vínculo ella logró que el tatuador abandonara la vivienda. Tras la separación recibió insultos y amenazas, y sufrió por la publicación de fotos y videos sexuales.