El próximo 24 de febrero se cumplirán 22 años de un caso emblemático en la historia criminal sanjuanina: el masivo ultraje sexual que sufrieron dos chicas bonaerenses a manos de 9 de 12 jóvenes sanjuaninos que, primero con engaños y luego a la fuerza, las llevaron para someterlas en el camping El Pinar, en Rivadavia. Y todo indica que la causa terminará como empezó: con polémica, críticas y sinsabores sobre la actuación de la Justicia, que en los próximos días decidirá, casi con seguridad, el archivo por prescripción de los procesos de dos imputados: Andrés Di Febo y Francisco Merino, dijeron fuentes judiciales.

CASO DI FEBO

El 4 de setiembre de 1997, Andrés Di Febo fue condenado a 10 años de prisión por un tribunal que lo consideró partícipe principal de la violación de Carina Bertoloni y Mónica Patricia Castro. Se probó que Di Febo no violó a ninguna de las víctimas, pero para los jueces de la Sala III de la Cámara en lo Penal y Correccional fue una pieza clave en la maniobra, pues las entonces jóvenes eran conocidas suyas y de Francisco Merino. En ese mismo juicio, el tribunal condenó a Alfredo Landa a 16 años de reclusión.

Pero ambos salieron en libertad un año después por estar más de dos años presos sin sentencia firme, tal como se interpretó entonces la Ley sobre los plazos de prisión preventiva, 24.390, luego modificada.

Di Febo pasó 34 meses preso (está libre) y siempre negó haber cometido un delito. Y esa misma posición sostuvo su abogada defensora, Sara Yossa, quien pidió a la Corte de Justicia revisar el fallo condenatorio de su cliente, e insistió con su reclamo ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación cuando la Corte provincial confirmó el castigo.

El máximo tribunal local concedió ese recurso extraordinario ante la Corte nacional el 20 de noviembre de 2001. Pero ahí comenzó el final de la causa para Di Febo, porque el expediente nunca salió de San Juan. ¿La razón? desde la Corte de Justicia provincial aseguran que ese trámite (el envío de la encomienda con el caso) por ley es una obligación de la defensa.

Sin embargo, para la mayoría de los penalistas en Tribunales resultaba una obviedad que la defensa dejaría pasar el tiempo hasta la prescripción, que en el caso Pinar se cumple 12 años después del último acto válido para interrumpir ese paso del tiempo, es decir la sentencia condenatoria de 1997 con relación a Di Febo, explicaron fuentes judiciales.

Y todo indica que el caso Di Febo ya prescribió. Así lo entendió la defensa que el año pasado pidió al juez Guillermo Adárvez que sobresea a su cliente por prescripción. Adárvez rechazó el planteo porque asegura que ya no es el juez del caso y le dijo que reclamara a la Corte, donde está el expediente. Yossa insistió con su planteo y actualmente son los jueces de la Sala I de la Cámara en lo Penal los que deben resolver. Y seguramente decidirán que ya con Di Febo nada se puede hacer.

CASO MERINO

Lo más probable es que esa sea la misma consecuencia para el calingastino Francisco Jorge Merino. En junio de 1998 fue capturado en Chile con un documento falso. Entonces se pidieron sus antecedentes a la Argentina y le saltó el pedido de captura por el caso Pinar. En ese momento el máximo tribunal chileno ordenó el encierro preventivo de Merino en espera de la confirmación de extradición del Primer Juzgado de Instrucción. Según fuentes judiciales, aquella vez la Corte de Chile liberó a Merino porque se venció el plazo de 60 días que fija la ley de extradiciones sin que desde la Justicia local llegara una respuesta sobre el interés de su captura.

A fines del mes pasado, Merino fue capturado nuevamente en Uspallata, Mendoza, por el pedido de captura del caso Pinar, pero el 4 de enero último juez Guillermo Adárvez lo liberó con la obligación de presentarse el próximo 18 de enero. Hasta entonces el juez espera saber de la investigación en su contra en Chile en 1998, aunque la ley favorecería a Merino ya que los 12 años de la prescripción, para su caso, se contarían desde la fecha de comisión de ese supuesto nuevo delito (el documento falso) y ya nunca se sabrá si debía o no ser condenado por esa doble violación.