Un Tribunal de Impugnación confirmó la condena de 11 años de cárcel que, el 10 de mayo pasado al cabo de un juicio, otros tres jueces le habían aplicado por mayoría al mecánico Sebastián Exequiel Quiroga (26), por el intento de homicidio doblemente agravado (por el vínculo y violencia de género) de quien era su pareja, Vanesa Ferreyra, ocurrido en medio de una discusión la noche del 5 de julio del año pasado en la Villa Videla, Chimbas, informaron fuentes judiciales.

Los defensores Laura Reus y Daniel Lorente habían pedido la revisión de aquel fallo, para revocarlo, porque a su entender había sido arbitrario, contrario a las pruebas ventiladas en el juicio y violatorio, además, de los derechos de su cliente y de normas de procedimiento elementales, como la cadena de custodia de la evidencia incautada.

Los abogados defensores sostuvieron la versión de su cliente de que había sido la joven quien se roció combustible, persiguió a su pareja, forcejearon porque él quiso quitarle el bidón y entonces él se mojó con nafta su mano, que ardió también cuando, de los nervios, quiso prender un cigarrillo para fumar y la quemó también a ella.

Sin embargo los jueces Juan Carlos Caballero Vidal, Ana Lía Larrea y Silvina Rosso, consideraron que ese relato no se correspondía con otras evidencias, como la versión de la víctima y al menos dos peritos de Bomberos que certificaron que los hechos ocurrieron en ambientes de la casa por ella descriptos y no donde dijo el acusado, como el dormitorio.

Según la joven, esa noche él le roció combustible y cuando quiso escapar le dijo "vení", la tomó de un brazo y prendió un encendedor. También aseguró que cuando corrió a la casa de sus padres ubicada en el frente de la misma propiedad, le dijo "ves lo que me hiciste hacer".

Para el Tribunal de Impugnación, el relato de Quiroga tampoco se correspondía con la explicación de un perito de que, si hubiera prendido un cigarrillo con su mano empapada en nafta, por los gases también tendría que haberse quemado el rostro y eso no ocurrió.

La versión del imputado tampoco encajaba con otras pruebas, como el informe de un médico psiquiatra (también cuestionado por la defensa), de que presenta una personalidad con el "trastorno explosivo intermitente", que lo lleva a no reflexionar y ejecutar actos impulsivos, como aquella vez -según la víctima- en que le prendió fuego a una moto porque no podía arreglarla. O cuando estallaba y rompía aparatos o muebles en su casa.

La Defensa insiste en que su cliente no cometió delito alguno y por esa razón ya consiguieron que el mismo Tribunal de Impugnación que les rechazó su planteo, de luz verde para llegar con su reclamo en la Corte de Justicia.