Un sujeto con prohibición de acercamiento fue condenado por agredir a su expareja
El acusado recibió 8 meses de prisión condicional, por lo que no irá a prisión.
El acusado recibió 8 meses de prisión condicional, por lo que no irá a prisión.
Este miércoles, mediante un juicio abreviado del sistema de Flagrancia, un sujeto fue condenado a 8 meses de prisión condicional por violencia de género pese a tener una orden de prohibición de acercamiento.
Según fuentes judiciales, días atrás una mujer decidió ir a visitar a una amiga y su expareja le recriminó que no se podía ir a ningún lado sin su permiso, teniendo en cuenta que él posee una orden de prohibición de acercamiento de fecha del último 29 de agosto 2021.
Para evitar discusiones y conociendo el lado agresivo del sujeto identificado como Matías Nicolás Cortéz, le dijo que estaba en la casa de su mamá. El aprehendido le exigió una foto del bebé de lejos, con la finalidad de ver el entorno en el que estaba la víctima y saber si era o no la casa de su madre. Al observar paredes que desconocía, comenzó a hostigar telefónicamente, por lo que la víctima no lo atendió más.
Posteriormente, ella llegó a su casa a las 17 y al rato se hizo presente el aprehendido, golpeando de modo discreto para confundir a la víctima. La mujer, confiada y pensado que era la vecina abrió la puerta. En ese momento se inició una discusión, que llegó al punto de ser empujada contra una puerta y le agarró fuertemente de los brazos.
Ella gritó pidiendo auxilio y una vecina llamó a la policía, por lo que los uniformados llegaron y detuvieron a Cortéz.
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