Un trágico siniestro vial ocurrido en septiembre de 2025 en Chimbas terminó con una condena para el motociclista, Jeremías Andrés Vega Quiroga, que atropelló y mató a una mujer mayor. El conductor circulaba sin carnet, sin seguro y no respetó la prioridad de paso al momento del impacto.
Chimbas: sin carnet ni seguro atropelló con su moto a una mujer, la mató y fue condenado
El hecho ocurrió en septiembre de 2025 en una esquina de Chimbas. La víctima murió días después por las graves lesiones.
Detalles de la tragedia ocurrida en Chimbas
El hecho se produjo el 9 de septiembre, alrededor de las 19:15, en la intersección de Mancini y El Sembrador. En ese lugar, Ana María Díaz cruzaba la calle cuando, al llegar a la mitad de la calzada, fue embestida por una moto. El impacto se produjo con la parte izquierda del rodado, que golpeó el sector derecho del cuerpo de la víctima.
Tras el choque, la mujer fue trasladada de urgencia a un centro de salud, donde permaneció internada en estado delicado. Sin embargo, días después, el 11 de septiembre, falleció como consecuencia de una falla multiorgánica derivada de un politraumatismo, según determinó la autopsia.
La causa fue calificada como homicidio culposo por conducción negligente e imprudente, encuadrado en el artículo 84 bis del Código Penal. En ese marco, se alcanzó un acuerdo de juicio abreviado entre el fiscal Roberto Ginsberg y la defensa de Vega Quiroga, representada por Rodolfo Pardo Conte Grand.
El juez Mariano Carrera homologó el acuerdo y condenó al imputado a la pena mínima: dos años de prisión de cumplimiento condicional, más cinco años de inhabilitación para conducir, además de costas y accesorios legales.
Durante la audiencia, Vega Quiroga reconoció su responsabilidad en el hecho, aunque no pidió disculpas ni expresó condolencias a la hija de la víctima, quien estuvo presente junto al abogado querellante, Gustavo Sánchez.
Desde la querella se opusieron al acuerdo, principalmente en relación a la pena. Solicitaron que se impusieran tres años de prisión condicional y diez años de inhabilitación para conducir, argumentando las agravantes del caso: el imputado no tenía licencia ni seguro, circulaba por la izquierda y no frenó al llegar a la esquina, pese a no tener prioridad de paso.
No obstante, el magistrado rechazó ese planteo al sostener que no podía imponer una pena superior a la acordada entre las partes, por lo que finalmente validó el juicio abreviado en los términos presentados.