Fiscalía sostuvo que el juez, con su fallo, evitó una sanción interna a un funcionario judicial
Claudia Salica cuestionó al magistrado Matías Parrón por sobreseer a Juan Pablo Ortega del delito de encubrimiento.
Claudia Salica cuestionó al magistrado Matías Parrón por sobreseer a Juan Pablo Ortega del delito de encubrimiento.
El fallo que desligó al funcionario judicial Juan Pablo Ortega, por el delito de encubrimiento, no cayó bien en Fiscalía. Tras conocer los fundamentos de la sentencia, que dictó el miércoles el juez de Garantías, Matías Parrón, la coordinadora de la UFI Cavig, Claudia Salica, no sólo calificó la decisión como "una resolución pobre jurídicamente", sino que apuntó contra la misma porque benefició aún más a Ortega. Es que, según explicó, el magistrado argumentó que el secretario Relator de la Corte no cometió un delito cuando lo que debía señalar era que existió una conducta delictiva, la que no es castigada por la amistad íntima que tiene con Mario Parisí, según establece el Código Penal. Ante esa diferencia, "el fallo hace que la Corte de Justicia no pueda investigar administrativamente su conducta" porque, justamente, el juez entendió que no hubo delito. De lo contrario, Ortega habría tenido que enfrentar posibles sanciones en su carácter de funcionario público, bajo la ley de Ética Pública, la que establece que un funcionario "condenado por un delito contra la Administración Pública, cesará en sus funciones desde el momento en que la sentencia hubiere quedado firme, por considerarse tal circunstancia ética y políticamente incompatible con la función".
Ortega fue sobreseído en la causa en la que está en la mira Mario Parisí, otra figura de peso en Tribunales, quien es investigado por provocarle lesiones y amenazar a su expareja, además de desobedecer una orden judicial. El primero había quedado involucrado por tratar de cambiar la declaración de la mujer que denunció a Parisí por lesiones. En esa línea, Salica, que en la causa estuvo acompañada por el fiscal Roberto Ginsberg, dijo que, "para poder aplicar la excusa absolutoria (beneficio por el que Ortega fue desvinculado), hay que definir que el delito que se está investigando se cometió y es un delito. Para eso, primero hay que decir que Parisí cometió el delito de lesiones y amenazas. Luego, sobre ese delito, Ortega y Gil cometieron otro, el de encubrimiento, al intentar torcer la voluntad de la víctima".
En esa línea, la fiscal cargó contra el funcionario judicial, quien se desempeñaba en la Coordinación de la Asistencia Jurídica al Colegio de Jueces del sistema acusatorio, al indicar que, por su función, "no puede desconocer, de ninguna manera, que lo que estaba haciendo era encubrir a un violento y ese hecho es antijurídico". Así, sostuvo que, "invocando una excepción de falta de acción, se pretende eximir de responsabilidad criminal por un delito de encubrimiento, nada menos que a un funcionario de alto rango en el Poder Judicial, quien es, paradójicamente, encargado de velar por su correcto funcionamiento". Incluso, dijo que "la sociedad nos exige, a los funcionarios públicos, sobre todo a los judiciales, que nuestro comportamiento sea más acorde y más ajustado al derecho".
En su fallo, Parrón había indicado que "la excusa absolutoria (el beneficio del Código Penal) cancela la culpabilidad". A su vez, le había marcado la cancha a Fiscalía al indicar que "es el Estado el que impone un límite a su propia potestad coercitiva".
Ortega, con otra
Según confirmaron fuentes judiciales, existe otra denuncia en la que Juan Pablo Ortega está en la mira por presunto tráfico de influencias. Fiscalía ha recabado testimonios y ha peritado distintos dispositivos electrónicos secuestrados.
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