El frente opositor de Unidos por San Juan (UxSJ), ex Juntos por el Cambio, que conduce Marcelo Orrego, la subagrupación Evolución Liberal, el partido municipal Horizonte Democrático (Hordem) y el candidato a gobernador opositor Sergio Vallejos habían impugnado la candidatura a gobernador de Sergio Uñac al entender que el actual mandatario transita su tercer periodo al frente del Ejecutivo porque se le debe computar su paso por la vicegobernación entre 2011-2015. Así, habían afirmado que no puede jugar en el comicio del 14 de mayo, ya que, de ser electo, ejercería su cuarto mandato consecutivo, lo que está prohibido por la Constitución. Dichas presentaciones fueron desestimadas ayer por el Tribunal Electoral (TE) integrado por Eduardo Quattropani, Daniel Olivares Yapur y Adriana García Nieto, quienes, por unanimidad, rechazaron los planteos e indicaron que Uñac está habilitado para postularse a gobernador. La decisión tuvo como un eje central que la Constitución Provincial establece funciones diferentes para el gobernador y el vice, por lo que "no corresponde asimilarlas en forma idéntica a los fines de computar un periodo cumplido como vicegobernador como si lo hubiese cumplido siendo gobernador". Pese al revés, desde la oposición confirmaron nuevamente que irán a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para bajar la candidatura de Uñac.

El camino que tome la oposición para llegar al máximo tribunal del país no es menor, ya que fuentes judiciales explicaron que primero deben agotar los pasos provinciales, esto es, presentar una acción ante la Corte de Justicia local. Por otro lado, hay quienes sostienen que la instancia provincial no es necesaria ya que, con la resolución que emitió ayer el TE, están facultados para presentar un recurso directo ante la Corte Suprema, como puede ser un amparo. ¿El objetivo? Una acción "rápida y directa" porque los plazos son cortos: la campaña electoral inicia el próximo domingo y el comicio está previsto para el 14 de mayo.

Un punto clave que desde el oficialismo entienden que servirá para que la acción opositora no prospere es que ayer el TE dejó en claro que la Constitución Provincial establece que el Poder Ejecutivo es unipersonal, por lo que "resulta erróneo interpretar que el constituyente asimila ambos cargos", indica la resolución. Incluso, el cuerpo electoral recordó que la Carta Magna reafirma ese punto al expresar que "el Gobernador, o quien ejerce el Poder Ejecutivo en su caso, tiene las siguientes atribuciones y deberes..." específicas, por lo que "intentar sostener que el Poder Ejecutivo está integrado también por el Vicegobernador constituye un razonamiento que no se compadece con el texto constitucional y no puede ser aceptado válidamente, aun cuando para ello quiera utilizarse como argumento su elección en fórmula completa, pues va de suyo, que ello no lo hace perder jamás al Poder Ejecutivo su condición de unipersonal".

A su vez, dijeron que, en los casos en los que se debe contemplar la sucesión recíproca entre gobernador y vice, esto es, computar un periodo de uno de ellos como si fuera el otro, está establecido de manera expresa en el texto constitucional. Incluso, remarcaron que eso ocurre en Buenos Aires, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), Chubut, Córdoba y Corrientes, y también en San Juan hasta la enmienda de 2011. En dicha reforma, se eliminó el párrafo que indicaba que "el Gobernador y el Vicegobernador reelectos no pueden postularse para el período siguiente como miembros del Ejecutivo", y el texto final quedó sólo con "el Gobernador y el Vice duran cuatro años en el ejercicio de sus funciones y pueden ser reelegidos consecutivamente hasta dos veces". Así, el TE expresó que "no resultan atendibles los fundamentos esgrimidos por los incidentistas que pretenden equivocadamente dar ultraactividad a la segunda parte del artículo 175 de la CP de 1986", al punto que "intentar trasladar la apreciación del constituyente de 1986 a su nueva redacción post enmienda, constituye una falacia de razonamiento y una traspolación jurídica que no tiene sustento lógico alguno", ya que, dicha parte "fue suprimida".

Claves de la resolución

Desestimación

"Corresponde desestimar los planteos efectuados por los impugnantes, declarando que el ciudadano Sergio Mauricio Uñac se encuentra habilitado para postularse como candidato a Gobernador, en las elecciones del 14 de mayo del corriente año".

Otras provincias

El TE indicó que los casos de Santiago del Estero y Río Negro, en los que intervino la Corte Suprema, no tiene "ningún punto de contacto y ninguna similitud" y que es un "antecedente absolutamente inaplicable al caso en estudio", respectivamente.

Unanimidad

La resolución del Tribunal Electoral no tuvo disidencias entre sus miembros. Daniel Olivares Yapur, Adriana García Nieto y Eduardo Quattropani firmaron en conjunto el documento habilitando a Uñac a presentarse como candidato a gobernador.

Mandatos

"El ciudadano Sergio Mauricio Uñac, no ha ocupado ni agotado los mandatos constitucionales autorizados por el artículo 175 de la Constitución de la Provincia de San Juan para desempeñar consecutivamente el cargo de Gobernador".