La causa contra el empresario Sergio Vallejos volvió a tener un giro de 180 grados. El dueño de la compañía Zonda Safety Gear había sido castigado a un año y medio de prisión en suspenso por haber violado el aislamiento obligatorio al abrir su planta textil y tener a sus empleados en funciones, pero, tras la apelación de su defensor, el juez de impugnación, Martín Heredia, había decidido absolverlo. No obstante, dos fiscales acudieron a la Corte de Justicia para revertir el fallo y los miembros de la Sala Penal les dieron la razón y anularon la resolución. ¿El motivo? En líneas generales, los agentes del Ministerio Público habían resaltado que la apelación del abogado de Vallejos contra la condena carecía de "fundamentación" y que el magistrado ni siquiera analizó ni respondió ese punto. Así, los ministros Marcelo Lima, Daniel Olivares Yapur y Juan José Victoria destacaron que se trató de la omisión de una cuestión esencial, que provoca la nulidad de la sentencia.

En otras palabras, los cortistas observaron una falla formal que fue planteada por los fiscales y que no fue tratada por Heredia. Y si bien se trata de una cuestión procesal, es central porque la apelación de una sentencia debe contener una crítica fundada, cosa que, según los ministros, no hubo. Por eso, ni siquiera entraron a analizar la cuestión de fondo. De esa forma, ordenaron que el expediente baje a la Cámara Penal (que actúa como Tribunal de Impugnación), decidieron apartar a Heredia y, por ende, que otro juez resuelva el planteo de apelación de Vallejos. La resolución habla de que "se proceda a dictar un nuevo fallo ajustado a derecho", lo que, para distintas fuentes judiciales, significa que la Corte ya fijó un lineamiento que deberá seguir el futuro magistrado revisor. De ser así, el castigo contra el empresario estaría encaminado a quedar firme.

Vallejos había sido juzgado y condenado bajo el sistema de Flagrancia, debido a que, el 14 de abril pasado, personal policial había acudido a su empresa Zonda Safety Gear, en Ruta 40 antes de Calle 5, Rawson, y había detectado, in fraganti, que se encontraban unos 30 operarios cumpliendo sus tareas en plena etapa de aislamiento obligatorio. Así, el juez Federico Rodríguez lo había encontrado culpable de violar las medidas adoptadas por las autoridades para impedir la propagación del coronavirus, por lo que le impuso una pena de un año y seis meses de ejecución condicional, es decir, en suspenso.

Su abogado Martín Turcumán apeló la sentencia condenatoria y el expediente le cayó al camarista Heredia, quien absolvió a Vallejos. El entonces fiscal Daniel Guillén (hoy juez de Cámara) e Ignacio Achem fueron al máximo tribunal y atacaron el fallo del magistrado por distintos frentes. A la hora de analizar el planteo, los cortistas se centraron en "los cuestionamientos de orden procesal", que son los "prioritarios". Así, los representantes del Ministerio Público hicieron hincapié en que la apelación de Turcumán era "inadmisible" debido a que carecía de fundamentos y que Heredia ni siquiera analizó ese punto. El cortista Lima (que fundó el primer voto, al que adhirieron Olivares Yapur y Victoria) destacó que el magistrado se refirió a ese eje "de modo lacónico e insuficiente, desentendiéndose de manera absoluta en dar acabada y debida respuesta a las objeciones formales que denunció enfáticamente la parte apelada". Además, remarcó que el juez de impugnación "termina supliendo todo lo que el propio apelante (el abogado de Vallejos) le debió fundamentar y explicitar".

Instancias

Condena

El juez Correccional Federico Rodríguez, que actuó en Flagrancia, condenó a Sergio Vallejos a un año y medio de prisión en suspenso. El magistrado lo encontró culpable de violar las medidas adoptadas por las autoridades para impedir la propagación del coronavirus.

Absolución

Martín Turcumán, abogado de Vallejos, apeló la sentencia y el juez de Impugnación, Martín Heredia, absolvió al empresario. Los fiscales Daniel Guillén (hoy camarista) e Ignacio Achem acudieron a la Corte de Justicia para revertir el fallo con duras críticas al magistrado.

Vuelta atrás


La Sala Penal de la Corte anuló la resolución de Heredia. Los ministros entendieron que el magistrado
no analizó un punto central planteado por los fiscales, que tuvo que ver con que la apelación realizada por la defensa de Vallejos carecía de fundamentación y, por lo tanto, no era admisible.

Otros casos de comerciantes


En pleno aislamiento obligatorio hubo comercios que, pese a que sus actividades no están exceptuadas, convocaron a sus trabajadores a cumplir tareas. Pero la movida le salió cara a uno de los dueños de Maxi Brant, Isaías Gabriel Brant, y al supervisor de la empresa textil Soberano, Jorge Sukerman. Ambos recibieron una condena de 8 meses de prisión en suspenso en el procedimiento de Flagrancia, una carga penal en sus antecedentes que, en el caso de que volviesen a cometer cualquier delito, los conducirá a la cárcel. El primero, además, debió pagar mil pesos por los gastos del juicio y donar 40 mil pesos en insumos al Hospital Rawson, mientras que el segundo debió realizar tareas comunitarias en el municipio de Rawson y desembolsar 50 mil pesos como "reparación".