En la consulta popular que se celebrará el 8 de mayo para ratificar o rechazar la re-reelección del gobernador, unos 40.000 jóvenes no podrán emitir su voto. A pesar de ser mayores de 18 años, de la Constitución provincial surge que el plebiscito se tiene que hacer con el padrón de 2007 y como en ese entonces no contaban con la edad mínima, se quedarán afuera del cuarto oscuro. Sin embargo, en las internas abiertas y en las generales sí estarán habilitados.

La imposibilidad para los jóvenes es excepcional y deriva del artículo 238 de la Constitución de San Juan de 1986, que dice que en una consulta popular podrán votar las personas incluidas en el último padrón. Y como la Carta Magna legisla sólo de cuestiones provinciales, se refiere a la nómina de un comicio provincial.

Como los padrones de este año no están listos y los últimos comicios locales fueron en agosto de 2007, el 8 de mayo se usará la nómina de electores de ese entonces. Dos años más tarde se actualizó para las elecciones legislativas, pero no corre para este caso porque fue una contienda de carácter nacional.

La letra constitucional deja afuera a todos los que cumplen 18 años entre agosto de 2007 y mayo próximo, porque no formaban parte del padrón electoral de aquel año. Según cálculos de la Justicia Federal, son unos 40.000. Entre ellos, inclusive, hay muchos que votaron en las legislativas de 2009 porque ya tenían el mínimo de edad.

Los jóvenes sí podrán sufragar en las internas abiertas del 14 de agosto y las generales del 23 de octubre, debido a que se hacen con padrón actualizado. Significa que podrán elegir candidatos de los partidos políticos y luego, gobernador, diputados, intendente, concejales, presidente y legisladores nacionales.

Los protagonistas tienen entre 18 y 21 años y representan algo menos del 10 por ciento del total de electores. Cifra más que atractiva para que los partidos salgan a cautivar en campaña, ya que mueve la aguja en el resultado final de la contienda en las urnas.

Ayer, DIARIO DE CUYO habló con tres jóvenes estudiantes que no podrán elegir entre el SI o el NO a la enmienda constitucional que habilita la re-re. Dos dijeron que se debería hacer algún cambio, para que los mayores de 18 siempre puedan votar.

Eduardo Quattropani, del Tribunal Electoral, aseguró que "sería bueno poder incorporar a todos los que cumplan 18, pero para nosotros es algo insalvable porque la Constitución obliga a usar padrones anteriores". "Supongo que así lo dispuso el constituyente porque por lo general, la consulta popular se convoca para un tiempo bastante corto y los plazos no alcanzan para hacer padrones nuevos", sostuvo.

La única forma de modificar el artículo 238 sería con una nueva enmienda, pero se pueden hacer cada dos años y habría que esperar hasta 2013. La otra opción es introducir un cambio si en algún momento se dispone una reforma parcial o total de la Carta Magna.