En la mañana de este miércoles, en el Tribunal Oral Federal, tuvo lugar la sentencia contra el exdirector del Servicio Penitenciario Leonardo Barac y también contra quien era su segundo, Eduardo Mendoza.

El tribunal compuesto por Daniel Doffo, Eliana Rattá y Alberto Carelli, decidió condenar tanto a Barac como a Mendoza a pagar una multa de 12 mil pesos y también los inhabilitó a ocupar cargos públicos en el lapso de un año, por “retardo en el cumplimiento de una orden judicial”, que consistía en trasladar al interno Federico Fernández Santalucía para que se realice un examen neurológico.

Además, ambos fueron absueltos de las acusaciones, como investigar o denunciar los hechos, que pueden dividirse en dos partes: la primera, es el ataque de los presos contra Fernández Santa Lucía y, la segunda, la supuesta golpiza de los penitenciarios al reo mientras lo trasladaban a máxima seguridad. Sin demasiadas certezas, los jueces dieron el beneficio de la duda por las contradicciones de los diferentes testimonios.

Además, el tribunal absolvió a los profesionales Alejandro Reinoso, José Farja y Rodolfo Zapata Gómez, como así también a los penitenciarios Marcelo Díaz, Mauricio Díaz, José Tapparo, Andrés Castro, Julio Mercado y Daniel Mercado.

El caso

Federico Fernández Santalucía, condenado por abusar sexualmente del hijo de su pareja y que enfrentará un juicio por trata de personas, fue golpeado por otros internos el 25 de junio de 2013 en el pabellón 9, sector 2 y debió ser hospitalizado en el Marcial Quiroga.

Dos días después, en un pabellón de máxima seguridad, el número 2 del sector 4, habría sido maltratado por un grupo de guardias. El fiscal Francisco Maldonado solicitó que Fabián Castro y Mauricio Díaz, los jefes de los sectores por los que pasó Fernández Santalucía, sean castigados con 2 años y 6 meses de prisión.

En cuanto a los guardias José Tapparo y Marcelo Díaz, el fiscal fue por una pena de 2 años. Estos dos últimos, junto a Mauricio Díaz, habrían sido los autores materiales de maltratos al preso cuando se encontraba en el pabellón de máxima seguridad, que no llegaron a ser torturas sino que, de acuerdo al Código Penal, se definen como severidades. Para el fiscal no se comprobó que hubiera lesiones infligidas por los guardias, pero que sí fue arrastrado y esposado y que sufrió cachetadas.

Con respecto a Daniel Mercado, quien era el encargado del pabellón en el que inicialmente se encontraba Fernández Santalucía, Maldonado manifestó que le correspondería 6 meses de inhabilitación, mientras que pidió un año de inhabilitación para Julio Mercado, jefe de servicio del mismo sector. Ambos fueron acusados por omisión de denuncia. Por otro lado, el fiscal decidió no acusar al psicólogo Alejandro Reinoso y a los médicos José Farja y Rodolfo Zapata.