La resolución que había sido anticipada por fuentes del Ministerio Público a DIARIO DE CUYO finalmente fue firmada por el fiscal General de la Corte, Guillermo Baigorrí. A través de la Resolución General Nº 26/2026, el jefe de los fiscales aprobó un protocolo de actuación que busca ordenar la producción y difusión de información pública, centralizando la comunicación institucional a través de la Oficina de Comunicaciones creada este año.
Baigorrí formalizó el protocolo que centraliza la comunicación de los fiscales y endurece el control sobre las filtraciones: todos los detalles
La resolución, que anticipó DIARIO DE CUYO, rige el comportamiento de los fiscales con el periodismo.
El documento, de diez páginas y fechado el 12 de junio, establece reglas de cumplimiento obligatorio para todas las dependencias, funcionarios y agentes que intervengan en la generación, validación o difusión de información institucional. Entre sus objetivos declara la necesidad de unificar criterios comunicacionales, proteger datos sensibles y resguardar el debido proceso en las investigaciones penales.
La medida aparece luego de que fuentes extraoficiales adelantaran a DIARIO DE CUYO que la Fiscalía General avanzaba en un esquema para canalizar las relaciones con la prensa a través de la flamante Oficina de Comunicaciones, a cargo de Sofía Correa.
Uno de los puntos centrales del protocolo está referido al vínculo con los medios de comunicación. Allí se establece que la Oficina de Comunicaciones será el "canal institucional prioritario" para la difusión oficial de información, la elaboración de comunicados, la coordinación de entrevistas y la administración de la relación con los medios y las redes sociales institucionales.
La resolución también fija pautas concretas para fiscales, asesores y funcionarios. El texto señala que "los funcionarios y agentes deberán abstenerse de brindar información informal, extraoficial o no autorizada" y agrega que "se desaconseja mantener intercambios personales permanentes con periodistas respecto de causas en trámite". Además, dispone que toda consulta periodística vinculada a investigaciones deberá canalizarse preferentemente a través de la Oficina de Comunicaciones o mediante autorización expresa del fiscal General.
Las restricciones alcanzan también a las declaraciones públicas. Según el protocolo, las intervenciones de fiscales, asesores y funcionarios deberán limitarse a "información objetiva y oficialmente autorizada", evitando opiniones personales, interpretaciones sobre la prueba, revelación de estrategias investigativas o manifestaciones que puedan afectar el debido proceso. Incluso aclara que la comunicación pública deberá referirse exclusivamente a actuaciones "ya concretadas y autorizadas institucionalmente".
En otro apartado, la resolución exige a fiscales y asesores mantener una conducta comunicacional "prudente, profesional y compatible con los principios de confidencialidad, objetividad y resguardo del proceso judicial". Entre otras obligaciones, deberán evitar declaraciones improvisadas o fuera de los canales institucionales establecidos y coordinar con la Oficina de Comunicaciones toda difusión susceptible de generar interés público o repercusión mediática.
La normativa también pone límites a la propia Oficina de Comunicaciones. Si bien concentra la difusión institucional, aclara expresamente que el área "carece de facultades para decidir autónomamente qué información se publica o difunde". Toda comunicación relacionada con causas judiciales deberá contar con autorización expresa de la autoridad interviniente, validación técnica o jurídica y revisión comunicacional previa.
El protocolo dedica además un capítulo a la protección de datos sensibles. Prohíbe divulgar información que permita identificar a víctimas de delitos contra la integridad sexual, menores de edad, testigos protegidos o personas en situación de vulnerabilidad. Asimismo, impide la difusión de expedientes completos, declaraciones testimoniales, informes médicos, evidencia sensible, actuaciones internas o documentación alcanzada por reserva judicial.
Sanciones y control de filtraciones
Uno de los aspectos más fuertes de la resolución es el régimen de responsabilidades previsto para quienes incumplan las nuevas pautas. El protocolo establece que los integrantes de la Oficina de Comunicaciones deberán guardar "estricta confidencialidad" respecto de la información conocida en ejercicio de sus funciones y advierte que las infracciones podrán dar lugar a "responsabilidades administrativas, disciplinarias, civiles y/o penales, conforme la normativa vigente". Incluso aclara que la obligación de confidencialidad subsistirá aun después del cese de funciones.
Además, la Fiscalía General incorporó un mecanismo específico para detectar y reportar filtraciones. La resolución dispone que cuando la Oficina de Comunicaciones o cualquier integrante del Ministerio Público advierta la difusión, publicación o circulación de información institucional, judicial o investigativa sin autorización, deberá poner la situación "en conocimiento inmediato del Fiscal General".
El protocolo ordena además acompañar antecedentes y elementos que permitan identificar la información difundida y evaluar las medidas "institucionales, administrativas, disciplinarias o judiciales" que pudieran corresponder.
En los fundamentos de la resolución, Baigorrí sostiene que la aprobación del protocolo apunta a consolidar una política de comunicación pública "coherente, uniforme y respetuosa" de las obligaciones constitucionales y legales que rigen la actuación del Ministerio Público.
La resolución viene así a formalizar una decisión institucional que ya había comenzado con la creación de la Oficina de Comunicaciones. Con el nuevo protocolo, la Fiscalía General busca concentrar en un único canal la relación con la prensa, establecer criterios uniformes para la difusión de información y reducir la circulación de datos extraoficiales sobre investigaciones en trámite.