La Corte Suprema de Justicia de la Nación convocó para este viernes a las 9 a un acuerdo extraordinario para resolver un nuevo planteo vinculado con la Ley de Tierras. La decisión podría restablecer, de manera provisoria, las restricciones a la compra de campos por parte de extranjeros que fueron derogadas por el decreto de necesidad y urgencia 70/2023 del presidente Javier Milei.
La Corte Suprema trataría este viernes la Ley de Tierras y podría frenar la compra de campos por extranjeros
El máximo tribunal convocó a un acuerdo extraordinario para este viernes a las 9. Debe resolver un pedido cautelar que podría restablecer provisoriamente las restricciones derogadas por el DNU 70/2023 de Javier Milei.
Antes de fijar la convocatoria, los jueces redujeron de 72 a 24 horas el plazo para impugnar la integración del tribunal con dos conjueces y habilitaron días y horas inhábiles para avanzar con el expediente. La medida busca acelerar el trámite judicial.
El máximo tribunal debe resolver un pedido de medida cautelar que podría volver a poner en vigencia las limitaciones establecidas por la Ley 26.737, mientras se analiza la cuestión de fondo. El alcance de una eventual decisión dependerá de lo que resuelvan los magistrados sobre la presentación.
Quiénes impulsaron el reclamo
El expediente fue iniciado por la Asociación Civil Árbol de Pie y otros demandantes, entre ellos las comunidades indígenas Lafkenche y Lof Fvta Anecon. La causa está vinculada con el proceso colectivo promovido por el Centro de Excombatientes Islas Malvinas (CECIM) de La Plata.
Los demandantes presentaron un pedido de aclaratoria porque su amparo colectivo fue considerado conexo al expediente del CECIM. A partir de esa situación, solicitaron que la Corte precise qué efectos tiene su decisión anterior sobre el proceso que los involucra.
Para intervenir en el caso fueron designados como conjueces Diego Barroetaveña, de la Cámara Federal de Casación Penal, y Juan Ignacio Pérez Curci, de la Cámara Federal de Mendoza. Ambos aceptaron el cargo.
Como suplentes quedaron Jorge Morán, de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, y Eduardo Farah, de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal.
En la resolución de este jueves, la Corte justificó la reducción del plazo para cuestionar la integración del tribunal por las circunstancias particulares del expediente. Habitualmente, ese período es de 72 horas.
El fallo anterior que generó polémica
El nuevo planteo llegó después de que la Corte revocara una sentencia que había declarado inconstitucional el artículo del DNU 70/2023 mediante el cual el Gobierno derogó la Ley de Tierras. En aquella resolución, los jueces consideraron que el CECIM no tenía legitimación activa para cuestionar la medida.
El pronunciamiento provocó críticas de sectores de la oposición y reactivó la posibilidad de impulsar en el Congreso una sesión especial para tratar la derogación del DNU 70/2023.
Ante la repercusión del fallo, la Corte difundió un comunicado en el que aclaró que había resuelto únicamente “un aspecto procesal”, de acuerdo con sus precedentes. También precisó que la decisión no afectaba otras medidas cautelares con el mismo objeto que se encuentran en trámite ante distintos tribunales.
Además, el máximo tribunal señaló que su pronunciamiento no impedía que cualquier persona que considere inconstitucional el régimen legal de tierras solicite una medida cautelar ante un juez competente.
Qué puede resolver ahora la Corte Suprema
Entre las alternativas que tiene el tribunal está devolver el expediente a la Justicia Federal de La Plata o de Bariloche para que continúe su trámite. La otra posibilidad es abordar directamente la cuestión, una vía excepcional que requiere circunstancias que justifiquen la urgencia.
El punto central es la vigencia provisoria de las restricciones de la Ley 26.737 a la adquisición de tierras rurales por extranjeros. Si la Corte hace lugar a la medida cautelar, esas limitaciones podrían volver a aplicarse temporalmente, pese a que su derogación había sido respaldada en el fallo anterior por razones procesales.
Por eso, la resolución prevista para este viernes podría abrir un nuevo capítulo judicial en torno al régimen de propiedad de tierras rurales y al alcance de los cambios introducidos por el Gobierno nacional mediante el DNU 70/2023.