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San Juan

Una sanjuanina siguió cobrando el sueldo del Estado durante 9 años tras jubilarse y ahora la Justicia la obliga a devolver millones

Una empleada del Ministerio de Salud Pública de San Juan dejó su puesto en 2013 pero le siguieron depositando el salario hasta 2022. Aunque alegó "buena fe", la Cámara Civil ratificó que deberá reintegrar más de 4,2 millones de pesos más intereses.

23 de junio de 2026 - 08:39

La Justicia Civil de San Juan dictó un fallo firme que sienta un fuerte precedente sobre el cobro indebido de fondos públicos. Esmeralda Victoria, una exenfermera del Ministerio de Salud Pública, fue condenada a restituir al Estado provincial la suma de 4,2 millones de pesos —más los intereses acumulados— que percibió de manera irregular durante nueve años en concepto de salarios, a pesar de haberse jubilado en 2013, informó el sitio 0264 Noticias.

El insólito caso comenzó el 12 de noviembre de 2013, cuando la mujer notificó formalmente su baja para acogerse al beneficio jubilatorio. Sin embargo, por un error exclusivo del área de liquidaciones del Ministerio, el Estado continuó depositando sus haberes mensuales de forma ininterrumpida hasta diciembre de 2022, momento en el que la administración detectó la irregularidad e inició las acciones legales.

El argumento de la "buena fe" no frena la devolución

En primera instancia, el juez Walter Otiñano, titular del Octavo Juzgado Civil, basó su fallo en el principio de "enriquecimiento sin causa" regulado por el Código Civil, determinando que toda persona que obtenga un beneficio patrimonial a expensas de otro sin una causa lícita está obligada a resarcir el detrimento.

La defensa de la mujer apeló la medida argumentando que existió un "error exclusivo de la administración" y que ella actuó de buena fe, creyendo que el dinero provenía de un viejo reclamo por recategorización o del plan nacional de Reparación Histórica para jubilados. Sin embargo, la Sala I de la Cámara Civil —integrada por los jueces Sergio Saffe, Abel Soria y Carlos Fernández Collado— ratificó la condena de manera unánime.

"El origen puede ser un error estatal, pero ello no convierte en lícita la percepción prolongada de los salarios. La buena fe no elimina ni borra la obligación de restituir lo indebidamente percibido", señalaron los camaristas en los fundamentos del fallo.

Un acuerdo frustrado y errores de estrategia legal

El caso estuvo cerca de cerrarse mediante un acuerdo. Durante las audiencias preliminares, la mujer llegó a aceptar una liquidación de 7 millones de pesos a pagar en 48 cuotas. Sin embargo, tras cambiar de abogado, rechazó el convenio debido a que la cuota mensual de 146 mil pesos representaba casi el 46,5% de su haber jubilatorio. Posteriormente, ofreció pagar cuotas de 40 mil pesos, pero el Estado le exigió una garantía que no pudo presentar, lo que hizo caer las negociaciones.

La situación judicial de la demandada se complicó definitivamente al no contestar la demanda en los tiempos legales, lo que le hizo perder el derecho a presentar pruebas propias —como una pericia contable para discutir el monto— o cuestionar las cifras presentadas por los abogados de Fiscalía de Estado.

Ante los reclamos de la defensa en la etapa de apelación por una supuesta "violación al derecho de defensa", el camarista Sergio Saffe fue tajante al rechazar el planteo: "La jubilada tuvo oportunidades efectivas de ejercer su defensa tanto en sede administrativa como judicial. Si optó por la inacción, esa elección procesal tiene consecuencias. El proceso no está diseñado para que una parte guarde silencio en los momentos estructurales y, más tarde, intente reabrir todo desde una instancia revisora".

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