Desde las rebajas a las categorías más bajas de monotributistas, la habilitación de transferencias para pagar impuestos en la provincia, hasta el Ingreso Familiar de Emergencia y las prórrogas del impuesto a las Ganancias, hay varios cambios que se han instrumentado como consecuencia de la pandemia. DIARIO DE CUYO presenta un resumen de las principales medidas adoptadas a la fecha, con la colaboración del presidente del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de San Juan, Carlos Landa, junto a la comisión de Impuestos.

* Sin ejecuciones, pero siguen los pagos

Están suspendidos todos los plazos procesales para ejecuciones fiscales. La medida inicialmente fue hasta el 31 de marzo pero luego fue prorrogada hasta el 12 de abril. Por el contrario, no se han suspendido los plazos vinculados con la presentación de declaraciones juradas y pago de obligaciones tributarias, los que mantienen sus fechas originales.

* Turnos en Rentas: Rige la atención presencial reducida y solamente mediante turno previo y trámites acotados en la Dirección General de Rentas. Sólo atiende con turno previo (telefónico o web), y para el trámite de aforo. El resto de trámites deben resolverse vía online.

* Certificado de Cumplimiento Fiscal: Rentas estableció que la obtención de dicho Certificado -requisito indispensable para contratar con el Estado Provincial y/o efectuar cobranzas derivadas de este tipo de contratos- puede ser tramitado solo en su página web. Y solo será emitido si tiene al día sus obligaciones fiscales. Lo emiten con una clave de validación que verifica su autenticidad. Además, la emisión del certificado no implica convalidación de declaraciones juradas, las cuales seguirán siendo fiscalizadas.

*Reducción del 50% Monotributistas A y B: Mediante la Resolución 419/2020 rentas estableció que los monotributistas de las categorías Ay B ante AFIP, incluidos en el Régimen Simplificado Provincial; serán beneficiados con una reducción del 50% del valor establecido como Impuesto Fijo Mensual, para los meses de abril y mayo de 2020. Los nuevos valores para estos períodos son de $215 para la categoría A y $330 para la B.

* Transferencias bancarias para pagar impuestos: El fisco provincial habilitó la modalidad de pago de impuestos provinciales vía transferencia bancaria, que deberá realizarse a la CBU de cada impuesto en particular, detallados en su página web. Una vez efectuada la transferencia, se deberá enviar un correo electrónico a sanjuan

* Feria Fiscal Extraordinaria: Se fijó un período de feria fiscal extraordinario hasta el 12 de abril. Los plazos para la contestación de requerimientos, citaciones, y/o actuaciones administrativas notificados durante este período, comenzarán a correr a partir del primer día hábil administrativo posterior. En lo que se refiere a vencimientos de declaraciones juradas y pagos, nada ha cambiado. No implica prórroga de presentaciones ni de pagos. La AFIP aclaró que no se suspenden sus acciones, por tal motivo podrá notificar, dictar actos administrativos, imponer multas y realizar operativos, entre otros procedimientos.

* Ganancias: Para los trabajadores en relación de dependencia y ciudadanos en general se prorrogó hasta el 30 de abril la presentación del Siradig (Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias) correspondiente al Período Fiscal 2019.

* Presentaciones digitales: la AFIP estableció un plazo excepcional desde el 20 de marzo hasta el 30 de junio en el que será obligatoria la utilización del servicio con clave fiscal "Presentaciones Digitales" para todas las gestiones que se desee realizar ante el organismo que se encuentran detallados.

* Embargos: Se prorrogó hasta el 30 de abril la suspensión de embargos a las mipymes. El alivio alcanza a cerca de 1 millón de empresas que cuentan con el Certificado MiPyME en todo el país.

* Régimen de Facilidades de Pago: Se prorrogó hasta el 30 de abril la vigencia del régimen permanente de facilidades de pago que vencía en marzo.

* Exclusiones y bajas de monotributo: AFIP dispuso suspender las exclusiones de monotributistas correspondientes a marzo. También estableció que ningún monotributista será dado de baja de oficio del régimen por falta de pago de sus obligaciones durante marzo.

*Ingreso Familiar de Emergencia: es de $10.000 para trabajadores informales y monotributistas Categorías A y B. Se abonará por única vez este mes. El beneficio se solicita a través de Anses.


Piden alivio fiscal

 

La Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas enviaron una nota al Gobierno nacional pidiendo 11 medidas de alivio fiscal: de ellas se encuentran:

* Reprogramar vencimientos de las obligaciones tributarias y previsionales que hayan vencido a partir del 20 de marzo, por 90 días a contar desde que termine el aislamiento, con condonación de intereses.

* Reprogramar por igual lapso los vencimientos de los distintos regímenes informativos vigentes.

* Reprogramar los vencimientos del Impuesto a las Ganancias de personas y de Sociedades, y de Bienes Personales

* Suspender, por un plazo no menor a 180 días, la aplicación del Sistema de Perfil de Riesgo y el inicio de nuevas fiscalizaciones.

* Reducir contribuciones patronales con destino al Régimen Nacional de la Seguridad Social, costo de Aseguradoras de Riesgo de Trabajo y aportes y contribuciones sindicales.

* Prorrogar por 90 días, a contar desde el fin del aislamiento, la vigencia del Certificado MiPyMES.

* Reprogramar presentación de certificaciones contables a organismos reguladores, y ampliar alcances del régimen de regularización de Obligaciones Tributarias de las pymes, entre otros.