En la última sesión legislativa provincial, se aprobó por unanimidad el proyecto de Ley presentado por el diputado Andrés Chanampa, por el que modifica la Ley Nº 196-A, al incorporar en las sanciones el Artículo 50 bis, que afirma: "Será causal de exclusión del grupo familiar adjudicatario de la vivienda (del IPV), mientras no estuviera cancelada, el integrante de dicho grupo que fuera condenado con sentencia firme, por violencia familiar".

Durante su exposición, Chanampa expresó que "se busca sancionar concretamente al agresor que ha sido condenado por una sentencia judicial firme y así excluirlo del grupo familiar, estando siempre del lado de la víctima, porque en los diferentes casos que nos ha tocado estar y conocer, el noventa por ciento de los mismos termina la víctima yéndose del hogar y el agresor quedándose en el mismo".

DIARIO DE CUYO consultó a tres fuentes sobre el impacto de esta ley y todos se mostraron de acuerdo en elogiar el propósito, ubicándose junto a la víctima, aunque también compartieron interrogantes que les surgieron al analizar el caso.

El juez del Tercer Juzgado de Familia, Esteban de la Torre, aseguró que "es una sanción mas que coadyuva a la Ley de Violencia Familiar pero tampoco creo que sean tan importante. El juez puede resolver esa cuestión sin el artículo. No es esencial, es una forma de tomar partido por la problemática".

Para el juez, la sanción de la ley es un tema discutible porque "es una sanción que puede ser útil pero no sé si va a evitar violencia. La gente no toma noción cuando se produce violencia familiar, que vaya a perder la casa del IPV. No se si va a lograr trascendencia que le quieren dar. La violencia familiar puede ser transitoria y no tiene que ver con los derechos de la casa". Según De La Torre, puede estar en juego el derecho a la propiedad y puede abrirse un nuevo frente, con la personas excluida del grupo familiar reclamando el 50% de lo abonado hasta ese momento de la vivienda.

El presidente del Foro de Abogados, Marcelo Arancibia, también opinó al respecto, destacando que la medida pertenece al grupo de las "que tratan de combatir el fenómeno que impacta peligrosamente en la convivencia social", para luego indicar que "viene a resolver un problema a la víctima y en eso me parece que está bien enfocada la ley. Esto empodera a la mujer y al grupo familiar, a fin de garantizarle un techo".

Además de observar el hecho que "la casa genera un problema de propiedad a la pareja y el derecho reclamar oportunamente la mitad por ser un bien común", Arancibia puso la lupa en la ausencia de mediciones para conocer la efectividad de las medidas: "El impacto que tenga es difícil de medir porque se necesitan por ejemplo estudios sociológicos, estadísticas, Y en San Juan no se hacen seguimientos, por lo que a priori no se puede saber si estas propuestas disuaden para que las personas no cometan los delitos".

Además, la abogada Noemí Pujovich, integrante de "Juristas por la Igualdad de Género", consideró en primer lugar como "importante que se tengan en cuenta estos temas y que se haya legislado teniendo en cuenta la violencia que recae principalmente en las mujeres, dentro de las familias".

Luego, Pujovich señaló que le surge dudas sobre el alcance de la norma porque "habla de condenados por violencia familiar y en nuestra legislación nacional y provincial no se considera a la violencia familiar como un delito penal, por lo que no es susceptible de condena. Entonces nos preguntamos quienes van a quedar excluidos. Por lo tanto no se entiende bien la figura del condenado". La abogada agregó que "sí hay condena por delitos penales, como lesión. Pero en la ley nacional 26485 -violencia contra la mujer- y en la provincial 989 E -violencia familiar- hablan de violencia económica o psicológica, muy frecuentes, pero no está prevista una condena penal".

La figura y los reclamos del condenado son dos aspectos que generan inquietudes. 

Violencia familiar: uno de 5 casos es reincidente

Según los registros de la Dirección de la Mujer de la Provincia, durante el año 2018 se registraron 6.232 hechos de violencia familiar y 1 de cada 5 casos fue reincidente.

Victoria Benítez, subdirectora del área que depende del Ministerio de Desarrollo Humano, indicó en ocasión de la conmemoración del Día de la Mujer, que esta proporción refleja que "se ve muchas ocasiones en que una mujer no se anima a realizar la denuncia y sólo queda registrada una solicitud de protección. Y al tiempo sí se anima a presentar la denuncia. Esto tiene que ver con la autoestima y autodeterminación, que es una constante. Están convencidas que se les termina el mundo si se les va la pareja".

Las 6.232 denuncias y pedidos de protección que realizaron mujeres que sufrieron maltrato en el ámbito familiar, significaron un incremento de un 11% con respecto a los 5.616 casos en 2016.