El Ministerio de Educación continúa con el proceso para lograr regularizar el funcionamiento de las cooperadoras escolares de la provincia. Y las primeras acciones pasan por informarles sobre las disposiciones de la resolución ministerial creada en 2016 y que recién ahora entró en vigencia. En este marco, este año las cooperadoras de las escuelas primarias y secundarias, por primera vez, deben rendir cuentas ante Educación, especialmente sobre el manejo de fondos. Además, deben contar con el reconocimiento oficial para funcionar legalmente.

A partir de la puesta en vigencia de la Resolución 12312-ME-2016, las cooperadoras deben cumplir con ciertos requisitos para funcionar. Silvana Clavel, a cargo de la Oficina de Cooperadoras Escolares, dijo que según establece la normativa, deben rendir cuentas sobre el ingreso de fondos y los gastos realizados, entre otros puntos. "Lo primero que deben hacer las cooperadoras es constituirse como una asociación civil, con personería jurídica incluida, o como una asociación de padres. En ambos casos deben registrarse en la Oficina para obtener el reconocimiento de Educación para funcionar legalmente. A partir de entonces podrán funcionar dentro del marco legal y con algunas pautas como la de hacer periódicamente una rendición de fondos. Esta medida apunta principalmente a garantizar transparencia en su funcionamiento", dijo Clavel.

La funcionaria también aclaró que el fin de una cooperadora escolar es colaborar con la política educativa de la institución, siempre en conjunto con los directivos de la misma. Y que hasta el momento se mantuvo esta finalidad, pero sin un marco regulatorio y a criterio de cada entidad, lo que muchas veces generó polémica con los padres de los alumnos. "Por ahora estamos manteniendo reuniones informativas con las cooperadoras para ponerlas al tanto de las normas que deben cumplir como son las de elegir autoridades, realizar asamblea una vez al año para renovarlas, llevar un libro de actas y comunicar a los directivos y padres acerca de todas las actividades programadas. También les informamos de los beneficios a los que pueden acceder si están en regla como también sobre que pueden ser sancionadas si funcionan sin el aval ministerial", agregó Clavel.

A medida que las cooperadoras vayan regularizando su situación, pasarán a formar parte del primer Registro de Cooperadoras Escolares de San Juan, según explicó la funcionara. Y que el mismo dependerá de la Oficina de Cooperadoras Escolares, del Ministerio de Educación, que tendrá la tarea de regular, fiscalizar y controlar el trabajo de estas asociaciones. "Cuando esté terminado este registro, San Juan podrá ingresar también al primer Registro Nacional de Cooperadoras Escolares que se creó en octubre del 2022, y obtener más beneficios para las entidades locales", dijo Clavel.

> Algunos detalles de funcionamiento

1- Cuota social

Los fondos fijos que puede manejar una cooperadora escolar corresponden a la cuota social que pagan mensualmente las personas que forman parte de la misma (padres, docentes, exalumnos).

2- Aporte voluntario

Una cooperadora tiene prohibido cobrarles un monto a los padres cuando inscriben a sus hijos en las escuelas. Sólo puede pedirles una colaboración, que es totalmente voluntaria.

3- Recaudación

Las cooperadores pueden realizar cualquier actividad social, cultural o deportiva con la finalidad de recaudar fondos que se destinarán a contribuir con la educación en la institución educativa.

4- Ayuda nacional

Las cooperadoras escolares que formen parte del registro local podrán ingresar al programa nacional Cooperar para obtener fondos para la realización de mejoras en las instituciones educativas.