Para ser autoridad de mesa es necesario ser elector hábil, residir en la sección electoral donde se va a desempeñar y saber leer y escribir, según señala el Código Electoral Nacional.

Ese código menciona que la designación de las autoridades de mesa, que son un presidente y un suplente por cada una, se hará mediante una selección aleatoria ‘por medios informáticos‘. Pero, tal como ocurrió para las primarias del 14 de agosto, en la Justicia Electoral de San Juan se abrió un registro para voluntarios que querían cumplir esa función. El aliciente era el pago de los 250 pesos, que todavía no se ha producido para los comicios del 23 de octubre, aunque sí se cumplió con lo correspondiente a las primarias.

Distinto es el rol del fiscal, que representa a los partidos políticos.