¿Por qué no les concedieron probation a los condenados por la fiesta en Caucete?
Hasta hace unos días esa era la salida que tenía la mayoría de las causas por infringir los artículos 202, 205 y 239 del Código Penal.
Hasta hace unos días esa era la salida que tenía la mayoría de las causas por infringir los artículos 202, 205 y 239 del Código Penal.
Esta mañana el juez de Flagrancia Carlos Lima condenó a 8 meses de prisión de cumplimiento condicional a los 13 jóvenes que fueron detenidos en la noche del pasado domingo por participar en una reunión social no permitida en una casa de la Villa Independencia, en Caucete.
Ahora bien, ¿por qué no les concedió el beneficio de la probation? La suspensión del juicio a prueba era la salida que tenía hasta hace unos días la mayoría de las causas iniciadas por la violación de los artículos 202, 205 y 239 del Código Penal.
Pero hay una explicación. Ante el regreso de la Fase 1 que dispuso el Ejecutivo por el avance del coronavirus, desde la Fiscalía General de la Corte, que encabeza Eduardo Quattropani, acompañaron la medida al emitir una resolución que dispone limitar el otorgamiento de la suspensión de juicio a prueba para todos aquellos nuevos infractores.
La resolución comenzó a correr desde el 22 de agosto pasado (mismo día que San Juan volvió a Fase 1) y es aplicada a todas aquellas personas que incurran en delitos tipificados en los artículos 202, 205 y 239 del Código Penal. Esto es, "el que propagare una enfermedad peligrosa y contagiosa para las personas"; "el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia", y "el que se resista o desobedezca a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones", respectivamente.
El endurecimiento de las medidas le jugó en contra a todos aquellos infractores que incurrieron en esos delitos desde ese día, el 22 de agosto.
La probation era un beneficio que le permitía a los imputados, a cambio de tareas comunitarias y una reparación simbólica, continuar con la planilla prontuarial limpia. Para acceder al mismo debían cumplir ciertos requisitos, como no tener antecedentes penales.
En síntesis, los 13 infractores de la fiesta en Caucete no la sacaron barata, pues -si bien no deben cumplir con encierro- ahora hasta pueden enfrentar problemas si quieren ingresar a determinados países o trabajar en ciertas empresas. Ni habar si incurren en un nuevo delito.
Para la bronca de ellos y de sus defensores Flavia Funes, Julieta Lobillo y Fernando Pi Martínez (aunque fueron estos últimos los que acordaron los 8 meses con los fiscales), hoy mismo a otros 4 imputados les concedieron la probation por violar los mismos artículos. Se trata de los infractores que fueron descubiertos en un gimnasio de Chimbas. Fueron condenados a realizar trabajos comunitarios en las municipalidades de sus domicilios por 30 horas y abonar $10.000 a modo de reparación simbólica.
¿Cómo es posible que unos sí y otros no? Según el escrito mencionado de la Fiscalía General de la Corte, es posible. Para eso, el fiscal que intervenga en la causa deberá contar con el consentimiento de, al menos, uno de los fiscales coordinadores de Flagrancia, que son Iván Grassi y Adrián Riveros. De esa manera pueden acordar la suspensión del juicio a prueba.
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