Estas son las personas que podrán circular siempre y cuando lo hagan con el permiso oficial:

  • Personal de salud y seguridad
  • Personas que deban asistir a otras con discapacidad
  • Familiares que necesiten asistencia por personas mayores, niños y adolescentes
  • Personas afectadas a la realización de servicios funerarios
  • Personas que se desempeñan en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos
  • Supermercados mayoristas y minoristas, comercios minoristas de proximidad
  • Farmacias
  • Ferreterías
  • Veterinaria
  • Provisión de garrafas
  • Actividades de telecomunicaciones como internet fija y móvil y servicios digitales
  • Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patógenos
  • Mantenimiento de los servicios básicos de agua, electricidad y gas
  • Comunicaciones y atención de emergencias
  • Transporte público de pasajeros estará limitado a las actividades esenciales y con su permiso de circulación
  • Transporte de mercadería y de combustible y el expendio de combustibles
  • Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad
  • Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardería
  • Servicios que prestan las entidades bancarias sólo con turnos
  • Servicio de Justicia de turno
  • Actividad de la Administración pública será con guardias mínimas
  • Actividad minera esencial

A los fines de acreditar la circulación deberán tramitarse permisos en el portal que dispone el gobierno de la provincia cuyo sitio web es www.permisosdecirculación.sanjuan.gob.ar

***Deja de tener validez el permiso sacado anteriormente***