Con la llegada de las vacaciones, los menores hijos de padres separados o divorciados que se encuentran en conflicto, terminan siendo rehenes por cuestiones subyacentes que derivan de la disolución del vínculo entre sus progenitores. 

De uno u otro lado los padres pugnan para lograr sus objetivos, priorizando sus intereses personales por sobre los de sus hijos, sin medir la intensidad del daño que le pueden ocasionar, o las consecuencias en el Colegio, con sus amigos, o en relación con sus mayores. La mayoría de las parejas, expresa su intención de mantenerlos al margen de la contienda y cuidarlos, aunque eso no siempre sucede. Esos casos se dan en general en separaciones conflictivas, donde algunos de ellos, o ambos, no logran soltar el pasado.


Con la llegada de las vacaciones los conflictos recrudecen, ya que muchas veces el progenitor con resentimientos o sentimientos de revancha hacia su ex, utiliza la autorización de viaje para extorsionar a su ex pareja, para lograr concesiones en otros ámbitos, como por ejemplo condonación de cuotas alimentarias atrasadas, lograr un acuerdo de cuota alimentaria con un monto irrisorio, o incumplir el régimen de visitas acordado.-

¿Qué sucede si uno de los padres se niega a dar autorización para que el menor salga del país?

 

En ese caso, el conflicto debe ser resuelto por un Juez, quien otorga en su caso la autorización judicial, que es la venia supletoria de la voluntad del progenitor que se niega a otorgarla.


En vacaciones también se dan los casos en que los menores, deben viajar para visitar parientes o a uno de los progenitores que no vive en el mismo lugar que él,  en esos casos la documentación que necesita para salir del país son: Permiso o Autorización de Viaje de los padres dado ante autoridad judicial, escribano u otra autoridad pública competente. 

Los requisitos de la autorización dependen de la edad del menor

Si tiene entre 0 y 13 años: la autorización debe indicar el país a donde viaja el menor y los datos completos de la persona que lo recibirá (nombre, apellido, tipo y número de documento y domicilio).

En el caso de los menores adolescentes, que son aquellos que cumplieron los 13 años,  pueden negarse a salir del país con la nueva legislación, aunque sus padres estén de acuerdo y autoricen su salida del país, los adolescentes mayores de 13 años tienen que dar su consentimiento expreso. Con su presentación voluntaria en el lugar de salida alcanza, pero si el funcionario de Migraciones sospecha que el menor no quiere salir del país, debe intervenir la Policía migratoria y el Juez.  Si  tiene entre 14 y 17 años: la autorización debe indicar el país de destino.

Siempre que viaja un menor de edad sin compañía, tiene que cumplir también con los requisitos impuestos por la empresa que lo traslada. También aunque con menor frecuencia, está la situación de aquellos padres que reconocieron a sus hijos al momento de su nacimiento y que luego se ausentaron de forma permanente y no mantienen contacto con la madre del menor, muchas veces se les pierde el rastro y no hay forma de ubicarlos. Acá se presenta un problema para la mamá, que tiene que viajar con el menor fuera del país, que debe pedir siempre la autorización judicial para viajar al exterior ante la ausencia  paterna. En estos casos de ausencia absoluta, se recomienda realizar el trámite para que el menor quede sólo con el apellido de la madre y así evitar inconvenientes presentes y futuros.

Cuando no existen inconvenientes entre los progenitores, es todo más sencillo. Para salir del país con un menor de 18 años se requiere, además de los documentos de identidad de cada uno y del pasaporte y visa en caso de ser necesarios, es necesario su permiso o autorización. Ese permiso puede ser hecho ante escribano público o ante las autoridades que correspondan, según el lugar de tu domicilio. 

Colaboración: Vanesa Débora Mestre / Abogada (Matrícula Provincial 3278- Matrícula Mendoza 6118 – Federal  T. 78- F. 316) / Teléf. 2644189975