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Para IG, DOC y Reservas

Variedades aptas para vinos de calidad en Argentina

Por Alejandro Acosta 24 de septiembre de 2021 - 00:00

Con el fin de aclarar algunas confusiones, Suplemento Verde habló con Hugo Carmona Torres, vice del INV para conocer una nueva resolución. El funcionario nos dijo "El INV con criterio técnico y jurídico unificó viejas resoluciones y publicó una nueva, que ordena la información al respecto. O sea, unificó el listado de variedades de vides reconocidas como aptas para la elaboración de vinos de calidad, que son las uvas permitidas para ser usadas cuando las bodegas pretendan usar Indicaciones Geográficas (IG), Denominación de Origen Controlado (DOC), o indicar a sus consumidores que están ante un vino Reserva o Gran Reserva".

"Hay que aclarar que para la Argentina, hay un listado permitido por el INV de más de un centenar de uvas para elaborar vinos, para pasas, uvas en fresco e híbridos usados en viveros. De este listado solo algunas están hoy permitidas para vinos de calidad", destacó. 

"Para aclarar esto es surgió en el organismo nacional la necesidad de confeccionar una norma que permita unificar la información, de manera de facilitar el acceso. Esta simplificación se produce en el marco de las Buenas Prácticas en Materia de Simplificación, aplicables para el funcionamiento del sector público nacional, que propician, entre otras medidas, la simplificación normativa y la mejora continua de los procesos", agregó.

El nuevo listado incluye:

 

  1.  Variedades tintas: Malbec; Merlot; Cabernet Sauvignon; Syrah; Pinot Negro; Pinot Meunier; Tannat; Lambrusco Maestri; Barbera; Sangiovese; Bonarda; Tempranillo; Cinsaut; Carignan; Petit Verdot; Cabernet Franc; Carmenere; Corvina Veronesse; Rondinella; Ancellota; Croatina; Lambrusco Grasparossa; Casavecchia y Garnacha.
  2.  Variedades rosadas: Gewurztraminer; Pinot Gris y Canari.
  3.  Variedades blancas: Chardonnay; Chenin; Sauvignon; Semillón; Sauvignonasse; Riesling; Torrontés Riojano; Ugni Blanc; Moscato Bianco; Pinot Blanco; Prosecco; Viognier; Pedro Giménez; Petit Manseng; Moscatel de Alejandría; Alvarinho; Grüner Veltliner; Fiano y Verdelho.

Además, todos los vinos certificados como varietales, elaborados a partir de las uvas incluidas en el listado, quedan exceptuados del cumplimiento del grado alcohólico mínimo que fija en forma anual el organismo para las distintas zonas de producción.

La Ley 25163 en Argentina legisla sobre uso de Indicaciones de Procedencia, Indicaciones Geográficas y Denominación de Origen Controlado. Que conforme la legislación precedentemente citada, el uso de una Indicación Geográfica (IG) y/o una Denominación de Origen Controlada (DOC) queda reservado para vinos de calidad. En San Juan son IG Valle de Pedernal, Valle de Zonda, Barreral, Valle de Calingasta, Valle de Tulum, Pozo de los Algarrobos, por citar algunos ejemplos. En concreto para usar estos nombres solo se permiten las variedades que el INV autorizo en la reciente resolución. 

Carmona Torres dijo que "según la legislación nacional podrán mencionarse las expresiones Reserva y Gran Reserva, siempre que se cumplan los siguientes requerimientos:

 

Cuando se trate de cortes de vinos de diferentes años de elaboración, todos sus componentes deberán haber respetado los tiempos mínimos de crianza establecidos precedentemente".

A solicitud de los interesados, se podrá agregar o eliminar variedades en el listado publicado para vinos de calidad, previo estudio sobre la aptitud para la elaboración de este tipo de vinos. A tal fin, las bodegas deberán presentar los antecedentes correspondientes.

 

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