Tensión. La decisión llega en tiempo de tensión, después de que funcionarios acusaran a Gils Carbó (foto) de entorpecer causas contra el anterior Gobierno.

Télam

El juez federal Julián Ercolini citó a declaración indagatoria a  Alejandra Gils Carbó para el 31 de agosto próximo, en la causa en la que se investigan presuntas irregularidades en la compra de un edificio en la ciudad de Buenos Aires destinado a la Procuración General de la Nación (PGN).


El magistrado resolvió indagar a 11 personas entre el 3 y el 31 de agosto en el marco de la causa en la que se investiga la compra por casi 44 millones de pesos del edificio de Perón 667, donde tiene su actual sede la PGN e instaló su despacho Gils Carbó, titular del organismo.


Además de la máxima autoridad del Ministerio Público Fiscal, serán indagados Osvaldo Leguizamón, Jorge Daniel Domanico, Héctor Zurita, Ignacio Costa Urquiza, Bárbara Jaureguiberry, Pedro Antonio Donato Viceconte, Roberto Daniel Martino, Adrián Marcelo González Fischer, Juan Carlos Thill y Guillermo Alfredo Bellingi.


De esta manera, el juez Ercolini admitió el pedido formulado el martes último por el fiscal Eduardo Taiano, quien investiga el pago de cuantiosas comisiones en la compra del nuevo edificio de la PGN y si hubo irregularidades en la licitación a fin de favorecer a la parte vendedora.


En los considerandos de la resolución, el juez apunta a establecer si la compra del edificio fue ‘planeada y llevada a cabo desde los más altos niveles de decisión de la Procuración General de la Nación a efectos de que fuera adquirido por el aludido organismo, a la empresa Arfinsa Argentina Financiera S.A.‘.


También, si el proceso licitatorio fue ‘direccionado desde su inicio, mediante la confección de un pliego hecho a la medida de las características que presentaba el inmueble cuya adquisición estaba decidida de antemano‘, para que fuera adjudicado a Arfinsa Argentina Financiera S.A.


Entre otras irregularidades, el juez aludió a la intermediación desempeñada por Jaureguiberry Asesores Inmobiliarios S.A., que cobró por esa función ‘una exorbitante comisión‘ de 7,7 millones de pesos, superior al 17% de lo percibido por la parte vendedora, ‘totalmente inusual en el mercado inmobiliario, que oscila entre un 3 y un 5%‘.


Señaló además que ‘la abultada suma de dinero‘ fue entregada por Jaureguiberry a Juan Carlos Thill, dedicado ‘a la producción de seguros y que carecía de antecedentes en el mercado inmobiliario‘ y medio hermano de Guillermo Bellingi, quien intervino en la licitación diseñada en la PGN y quien dependía de Gils Carbó.

Destitución

La decisión se produjo poco después de que Gils Carbó destituyera a Guillermo Bellingi, quien se desempeñaba como subdirector de Administración del Ministerio Público Fiscal en el momento de la compra, a raíz de las informaciones que apuntaban a maniobras fraudulentas en esa adquisición.


En los considerandos, expone los fundamentos de la sospecha que derivó en las citaciones a indagatoria de 11 personas que intervinieron en una u otra forma en la operación inmobiliaria investigada. ‘Se arriba también al estado de sospecha requerido para la etapa que se transita sobre la influencia que el primero de los nombrados pudo haber hecho valer en relación al segundo de ellos y éste, a su vez, con la anuencia de Gils Carbó, sobre los demás funcionarios públicos que debían intervenir‘ en la licitación, para que fuera adjudicada a Arfinsa, añade.


La procuradora, contra ‘dos por uno’

DyN.

La Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, dictaminó en contra de aplicar el ‘dos por uno‘ para delitos de lesa humanidad, luego de que el Congreso aprobó una nueva ley para limitar ese beneficio a los genocidas tras el polémico fallo de la Corte Suprema que generó un rechazo generalizado.


El Congreso Nacional, ‘al sancionar la ley 27.362, ha recogido la única interpretación constitucionalmente válida de la regla que preveía la ley 24.390‘, indicó la Procuradora en su dictamen, al expedirse en un caso del dictador Reynaldo Benito Bignone, quien recibió varias condenas a prisión por crímenes de lesa humanidad.


Si bien no es vinculante, la Corte quedó en condiciones de resolver frente a los incidentes formados por las peticiones de trece represores que solicitaron la aplicación del cómputo privilegiado del ‘dos por uno‘ para las penas que están cumpliendo.


Aquel beneficio estuvo previsto en el artículo 7 de la ley 24.390, sancionada en 1994 y derogada en 2001, y determinó que se computaran dobles los días en prisión preventiva sin sentencia firme. Esos expedientes fueron remitidos a la Procuración General por la Corte Suprema inmediatamente después de que el Congreso Nacional sancionó la ley 27.362. Esta norma fue votada en el marco de un repudio social generalizado que provocó la decisión del Alto Tribunal de otorgar el beneficio -al interpretar que la 24.390 tenía los efectos de una ley penal más benigna- al condenado Luis Muiña.


En el artículo 1º de la flamante ley se indica que el denominado ’dos por uno’ ‘no es aplicable a conductas delictivas que encuadren en la categoría de delitos de lesa humanidad, genocidio o crímenes de guerra, según el derecho interno o internacional‘.


Gils Carbó sostuvo que la inaplicabilidad del artículo 7 de la ley 24.390 ‘surge de la obligación constitucional del Estado Nacional de asegurar que las penas impuestas en casos de graves violaciones a los derechos humanos y su ejecución sean adecuadas y proporcionales, y que la aplicación de las normas internas no constituya un factor de impunidad ni implique la conmutación de las penas‘.