�La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal declaró inconstitucional la ley que en 2006 reformó el Consejo de la Magistratura, impulsada por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner cuando era senadora nacional.
Fuentes judiciales informaron ayer que se trata de la ley 26.080 que redujo de 20 a 13 el número de consejeros y alteró la proporcionalidad de los distintos segmentos que conforman el Consejo. El fallo firmado por los integrantes de la Sala II del tribunal, José Luis López Castiñeira y Luis María Márquez, aclaró que no se invalidan las decisiones que adoptó el Consejo en los últimos nueve años con su conformación de 13 miembros. El fallo impone regresar a la vieja conformación.
‘La autoridad institucional de este decisorio en modo alguno priva de validez a las decisiones que hubieran sido adoptadas únicamente con la anuencia del estamento político‘, aclaró en un fallo que responde a una apelación del Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires. El tribunal cuestionó ‘el notable predominio del estamento político respecto de los restantes estratos que componen el Consejo de la Magistratura‘.
El sector político está, en la actual formación, habilitado para ‘ejercer por sí innumerables funciones -y adoptar decisiones al respecto- con su sola voluntad y mayoría, vulnerando el equilibro establecido en la Carta Magna‘. Los jueces sostuvieron que la actual integración ‘permite que la simple mayoría del estamento político, por sí sola, decida acerca de todo lo atinente a la administración general del Poder Judicial y la sanción disciplinaria de los magistrados‘. Ello -consideró- ‘atenta contra la independencia que el constituyente quiso preservar en la reforma constitucional de 1994‘ pues ‘posibilita el ejercicio de un ostensible predominio por parte del estamento político respecto de los restantes sectores representados‘.
El anterior:
El fallo impone regresar a la vieja conformación de 20 consejeros: ‘A partir del momento en que el presente pronunciamiento quede consentido, recobrará vigencia el régimen anterior‘. En ese sentido, la resolución ordena ‘completar la integración hasta finalizar el mandato vigente según la última renovación de integrantes llevada a cabo‘. Significa que los actuales consejeros completarán sus mandatos y quienes los sucedan se regirán por el régimen anterior. Hasta el momento en que se aprobó la ley en 2006, el organismo estaba formado por cuatro jueces, cuatro abogados, cuatro diputados (dos por la mayoría, uno por la primera minoría y uno por la segunda), cuatro senadores (dos por la mayoría, uno por la primera minoría y uno por la segunda), dos académicos, un representante del Poder Ejecutivo y el presidente de la Corte Suprema.
Los cambios impulsados por el kirchnerismo y que en aquel entonces obtuvieron mayoría en el Congreso, hicieron que tanto los jueces como los académicos perdieran un representante. En el caso de los abogados, dos. Además, desaparecieron las segundas minorías de las cámaras del Congreso y también el presidente de la Corte. El oficialismo fue el único sector que no perdió poder, ya que conservó a sus cinco representantes (sus dos senadores, sus dos diputados y el representante del Ejecutivo). El fallo difundido ayer rechazó la inconstitucionalidad de la reforma del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados.
