El proyecto de nuevo Código Procesal Penal se debatirá en el recinto del Senado el 19 de noviembre, luego de que ayer lograra dictamen en comisiones de Justicia y Asuntos Penales y de Presupuesto y Hacienda de la Cámara Alta, que incorporaron 42 modificaciones a la iniciativa del Poder Ejecutivo.
Entre los cambios, se incorporó como condición para considerar el peligro de fuga de un imputado ‘la constatación de detenciones previas‘ y la ‘declaración de reincidencia por delitos dolosos‘, sin que haya sentencia previa en su contra. De esa manera, se suma a la figura de ‘reincidencia‘ del texto original la de reiteración de delito, que amplía las chances para que una persona detenida por un delito no sea liberada si cuenta con detenciones anteriores. La reincidencia se considera sólo para quienes hayan sido sentenciados y cumplido la totalidad o parte de la pena.
También se modifica la posibilidad de que la Procuración General pueda aplicar ‘la asignación de nuevas causas a las fiscalías y defensorías creadas en esta ley, como así también la redistribución de las existentes‘. El nuevo texto dice que la Procuración podrá ‘compensar la distribución‘ de las causas nuevas y existentes ‘mediante un sorteo‘.
El proyecto inicial establecía la posibilidad de la ‘suspensión del proceso a prueba‘ e incluía la expulsión de extranjeros en situación ‘irregular‘ en el país, que hubieran sido sorprendidos ‘en flagrancia de un delito o imputado por un delito‘ cuya pena de prisión mínima no fuera superior a tres años. La modificación aplicada elimina la referencia a la ‘situación irregular‘; dispone además que el hecho de ser sorprendido en flagrancia del delito y la pena de prisión por ese delito se evalúen en forma conjunta para determinar la expulsión y no como factores separados, tal la redacción original. También, se señala que ‘los extranjeros en situación regular podrán solicitar la aplicación de una probation en el país‘. Se eliminó el concepto de ‘conmoción social‘ como causal para el dictado de la prisión preventiva.