El dueño de un campo aplastó más de 140 pingüinos y electrocutó a otro centenar
Según denunció el Ministerio de Turismo, el hombre hizo un camino hacia la costa con una topadora sin autorización dejando como saldo cientos de ejemplares muertos.
Según denunció el Ministerio de Turismo, el hombre hizo un camino hacia la costa con una topadora sin autorización dejando como saldo cientos de ejemplares muertos.
El dueño de un terreno vecino a la Reserva Natural de Punta Tombo fue denunciado ante el Ministerio de Turismo de Chubut por hacer circular una topadora sin autorización: aplastó más de 140 nidos y electrificó a otro centenar, asesinando a ejemplares adultos.
Los guarda faunas de la reserva estaban realizando una expedición cuando observaron las escenas del horror: cientos de nidos y pingüinos muertos. El camino, que se extendía desde la propiedad hasta la costa, se realizó sin autorización y con una máquina de alto porte. En la investigación e inspección participarán los mismos que realizaron la denuncia, junto con biólogos, miembros del CINPAT, policía montada y criminalística.
La fiscal de Rawson, Florencia Gómez, indicó: “Creemos que era para tener un acceso directo a la costa, pero para eso habría que tener una autorización previa y un estudio para analizar el impacto ambiental, que es lo que se generó: un daño irreparable”, agregó en una conversación con Adnsur.
Punta Tombo es el lugar donde el pingüino de Magallanes usa como hábitat y es un lugar turístico por ser una zona de alta densidad de pichones, se calcula que hay tres pingüinos por nido.
El responsable del hecho será juzgado bajo la Ley de maltrato animal. La funcionaria judicial aseguró que a lo largo de la investigación verificarán si se debe imputar otro delito pero primero deben juntar y analizar la evidencia para poder conocer la magnitud del impacto.
La Ley 14346 “Malos tratos y actos de crueldad a los animales” expresa en el articulo Nº1: “Será reprimido con prisión de quince días a un año, el que infligiere malos tratos o hiciere víctima de actos de crueldad a los animales". Y en el artículo 2: "Serán considerados actos de maltrato: 1° No alimentar en cantidad y calidad suficiente a los animales domésticos o cautivos”. Hasta el momento no se conocen declaraciones del imputado.
Fuente: Telefe Noticias
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