Extienden el plazo para adherir a la moratoria para pymes
La nueva fecha para inscribirse será el 31 de agosto.
La nueva fecha para inscribirse será el 31 de agosto.
El Gobierno prorrogó hasta el 31 de agosto próximo el plazo para que pequeñas y medianas empresas (pymes), monotributistas, autónomos y entidades civiles sin fines de lucro como cooperativas, consorcios de propietarios, obras sociales, universidades públicas y clubes de barrio adhieran a la moratoria impositiva, aduanera y de seguridad social.
A través del DNU 634/2020, publicado hoy en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional extendió hasta el 31 de agosto el plazo de adhesión a la Moratoria 2020 para las micro, pequeñas y medianas empresas, en busca asegurar que la inscripción al plan de regularización de deudas no se vea afectada por la pandemia del Covid-19.
Además estableció que la primera cuota de los planes de facilidades de pago que se presenten desde el 1 y hasta el 31 de agosto, vencerá el 16 de setiembre próximo.
La deuda que puede incluirse en la moratoria es aquella vencida hasta el 30 de noviembre de 2019 y los planes de pago vigentes o caducos, hasta el 23 de diciembre de 2019.
La moratoria es una de las herramientas previstas en la ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva para "atender la difícil situación que atravesaban el entramado productivo a finales del año pasado como consecuencia de la política económica del gobierno anterior".
La herramienta que permite refinanciar en plazos de hasta 10 años toda la deuda impositiva, aduanera y de la seguridad social que tengan los contribuyentes, recobra relevancia en el actual escenario de emergencia sanitaria.
El decreto señaló que "con fundamento en la función esencial del Estado de generar las condiciones necesarias para lograr la recuperación de la actividad y preservar las fuentes de trabajo ante la grave situación que atraviesa la economía como consecuencia de la pandemia de coronavirus, el Poder Ejecutivo remitió al Congreso un proyecto de ley ampliatorio del régimen de regularización de obligaciones tributarias, de la seguridad social y aduaneras".
Al respecto indicó que "al momento del dictado del presente decreto, el anteproyecto de ley se encuentra en pleno trámite parlamentario".
"Con el objeto de continuar posibilitando la adhesión al régimen de regularización hasta tanto el Congreso debata la oportunidad, mérito y conveniencia de sancionar la ley que extiende y amplía sus condiciones, se estima necesario prorrogar hasta el 31 de agosto de 2020, inclusive, el plazo para la adhesión al régimen", explicó la medida.
Por otro lado, la AFIP también dictó la Resolución General 4781/2020, a través de la cual extendió el régimen de facilidades para financiar obligaciones incluidas en planes caducos.
Se extiende un mes la adhesión al régimen de facilidades de pago que permite financiar las obligaciones impositivas, aduaneras y de la seguridad social incluidas en planes caducos para empresas, monotributistas y autónomos. La normativa también prevé la posibilidad de regularizar planes caducos de monotributistas así como obligaciones incluidas en un plan Ganancias y Bienes Personales.
Se presentó en el contexto de la reedición de un libro sobre Néstor Kirchner y Torcuato Di Tella. Además criticó a Alberto Fernández por el acuerdo con el FMI.
Un error de impresión generó 6 millones de papeles con números de serie duplicados. Juntar un par, podría generar enormes ganancias
La medida se dispuso por recomendación del Comité para la Prevención de la Tortura a pedido de las defensas de los imputados. Los detalles de la resolución y el enojo de la madre de la víctima
Se trabaja en el lugar para conocer los detalles del deceso.
El siniestro ocurrió pasado el mediodía en el departamento San Martín. Según testigos, el conductor de la moto quiso esquivar un perro y perdió el control de su rodado.
El damnificado sospecha que son los mismos delincuentes en las 5 ocasiones porque en la última ocasión lo primero que hicieron fue desactivar una cámara de seguridad.
Una de las condiciones necesarias para poder emitir el sufragio es verificar la identidad del elector ante las autoridades de mesa