La Cámara de Casación penal argentina dejó firme el procesamiento contra la expresidenta (2007-2015) y actual vicepresidenta del país, Cristina Fernández de Kirchner, por presunto cohecho en relación con la recaudación de fondos ilícitos enmarcados en la "causa de los cuadernos", confirmaron fuentes judiciales. El máximo tribunal rechazó los pedidos formulados por el defensor de la exmandataria, Carlos Beraldi, y mantuvo el embargo de 200 millones de pesos (unos 2,5 millones de dólares) decretado anteriormente por la Cámara Federal, según recoge el fallo firmado por los jueces de la sala III de Casación Liliana Catucci, Eduardo Riggi y Guillermo Yacobucci. En esta parte de la pesquisa que tramita por separado de la causa central, los camaristas rechazaron la queja del abogado Carlos Beraldi contra los procesamientos dictados. La confirmación de este procesamiento también afecta a Julio De Vido, ministro de Planificación y Obras Públicas entre 2003 y 2015; a Nelson Periotti, extitular de Vialidad Nacional, y a varios empresarios vinculados a la construcción, como Carlos Wagner u Osvaldo de Sousa, entre otros. Todos ellos están acusados por presunta asociación ilícita en un total de 175 casos de cohecho pasivo, esto es, haber recibido sobornos con la intención de favorecer a empresarios en la concesión de obra pública estatal entre 2003 y 2015.

La cartelización de obra pública es uno de los casos derivados de la línea principal de la "causa de los cuadernos", centrada en la supuesta existencia, durante los gobiernos de Néstor y Cristina Kirchner (2003-2015), de una trama de millonarios pagos de sobornos de empresarios de la obra pública a altos funcionarios, entre ellos el propio matrimonio presidencial. En este expendiente concreto, se investigó la organización de pagos ilegales que funcionó bajo el amparo del exministerio de Planificación y Obras Públicas de Argentina. Según el fallo emitido este miércoles por el tribunal, que tachó de inadmisible la queja formulada por la defensa, la decisión impugnada "no reviste la calidad de sentencia definitiva ni se equipara a ella en los términos del artículo 457 del Código Procesal Penal de la Nación". "(La decisión) no pone fin a la acción ni a la pena, no hace imposible que continúen las actuaciones, ni deniega la extinción, conmutación o suspensión de la pena", subrayó la instancia judicial.

"La decisión impugnada no reviste la calidad de sentencia definitiva ni se equipara a ella en los términos del artículo 457 del Código Procesal Penal de la Nación, ya que no pone fin a la acción ni a la pena, no hace imposible que continúen las actuaciones, ni deniega la extinción, conmutación o suspensión de la pena", concluyó el Tribunal al rechazar la queja por inadmisible. La parte central del caso cuadernos, ya enviada a juicio oral, está actualmente bajo revisión de la sala I de Casación Penal que tiene que resolver un planteo de las defensas por la inconstitucionalidad de la ley del arrepentido.

La "causa de los cuadernos", uno de los casos de corrupción más mediáticos de los últimos años en Argentina, surgió cuando ocho cuadernos manuscritos por un chofer del extinto Ministerio de Planificación Federal de Argentina salieron a la luz en una investigación del diario La Nación. Esas libretas contenían con detalle los movimientos que supuestamente ese conductor realizó durante 10 años para recolectar grandes sumas de dinero.

El fiscal avala las actas que firmaron los arrepentidos


El fiscal ante la Cámara Federal de Casación Penal Raúl Pleé consideró válidas las actas que dieron cuenta de las declaraciones de los arrepentidos en la causa por los cuadernos del remisero Oscar Centeno y remarcó que fueron firmadas por estos imputados, sus defensores y los fiscales de primera instancia. "Los registros de todas las colaboraciones prestadas por imputados que se acogieron al régimen de la Ley 27.304 fueron agregados bajo la forma de actas en sus respectivos legajos", sostuvo el fiscal ante el máximo tribunal penal federal del país en un escrito enviado a la sala I de Casación.

Pleé reclamó a los camaristas Ana María Figueroa, Daniel Petrone y Diego Barroeataveña anular la medida que ordenó la primera para "mejor proveer", en la que pidió al juzgado de instrucción el envío de los soportes fílmicos o digitales de esas declaraciones, si los hubiera. El juez a cargo actualmente del juzgado federal 11 que llevó el caso, Marcelo Martínez De Giorgi, informó que no cuenta con declaraciones de arrepentidos en estos soportes y pidió al fiscal Carlos Stornelli que le informe si él los conserva, en un plazo de 48 horas.

Ahora, el fiscal ante Casación cuestionó la medida de prueba resuelta por Figueroa, pidió que se deje sin efecto y se resuelva el planteo sobre la constitucionalidad de la ley del arrepentido, formulado por defensas de procesados. En los legajos de los arrepentidos también "están anexadas las actas de homologación suscriptas por las mismas personas y por el juez de la primera instancia", agregó en alusión al fallecido Claudio Bonadio, a quien subroga Martínez De Giorgi. Todos estos legajos están actualmente en poder del Tribunal Oral Federal 7, que prepara el juicio.