Otra mala noticia para CFK. El juez Daniel Rafecas ordenó llamar a declarar a los pasajeros que aparecían ocupando durante siete años habitaciones en el hotel Waldorf, en el marco de una causa contra Cristina por lavado de dinero.

El fiscal federal Gerardo Pollicita requirió ayer que la expresidenta Cristina Fernández sea llamada a declaración indagatoria y que se disponga la inhibición de sus bienes, el retiro del pasaporte y la prohibición para salir del país, por el supuesto encubrimiento a Irán en la causa del atentado terrorista a la AMIA.

La solicitud del titular de la fiscalía federal 11 fue hecha al juez federal Claudio Bonadio, en el marco de la causa iniciada por la denuncia del fiscal antiterrorista Alberto Nisman, el 14 de enero de 2015, días antes de morir de un tiro en la cabeza, en circunstancias aún no aclaradas. El dictamen de Pollicita alcanzó también, con el mismo complemento de inhibición de bienes, retiro de pasaportes y prohibición de viajar al exterior, al excanciller Héctor Timerman; a su exvice Eduardo Zuain, a su exdirectora legal Susana Ruiz Cerutti (diplomática de carrera y excanciller de Raúl Alfonsín) y a los exconsejeros Luciano Tanto Clement y Holger Martinsen. También figuran en la lista de imputados del requerimiento de la fiscalía, de 255 páginas, la exprocuradora del Tesoro Angelina Abbona; el exjefe de gabinete del ministerio de Justicia Juan Martín Mena y el diputado nacional y referente de La Cámpora, Andrés "Cuervo" Larroque. Además, al dictamen lo completan el expiquetero y exsubsecretario de Tierras y Hábitat Luis D"Elía, el exjefe de Quebracho Fernando Esteche, el exfiscal y exjuez Héctor Yrimia, el intermediario argentino con Irán Jorge "Yussuf" Khalil y el presunto espía Allan Ramón Bogado.

Para Pollicita, todos ellos "habrían realizado aportes para ayudar a los acusados de un delito de lesa humanidad especialmente grave (el atentado terrorista contra la AMIA) a eludir la investigación que se está llevando adelante ante el Juzgado número seis del fuero y la Unidad Fiscal AMIA".

"Los aquí imputados habrían desarrollado un plan criminal con entidad suficiente para que los ciudadanos iraníes identificados como responsables de la voladura de la AMIA pudieran sustraerse de la acción de la justicia", agregó el fiscal. Y resaltó que ello se concretaría "mediante el otorgamiento a Interpol de herramientas suficientes para que las notificaciones de índice rojo que pesaban respecto de los ciudadanos iraníes perdieran virtualidad y para liberarlos de toda responsabilidad penal por dichos hechos".

"El medio escogido para canalizar esa voluntad ilegítima fue la suscripción del Memorando de Entendimiento celebrado entre el Gobierno argentino y el Gobierno de Irán sobre temas vinculados al ataque terrorista a la sede de la AMIA en Buenos Aires, rubricado el 27 de enero del año 2013 en Etiopía", puntualizó. También consideró que el Memorando "respondía a los intereses de las autoridades iraníes y resultaba funcional al plan criminal mediante dos pilares fundamentales". Primero, porque aquel entendimiento "se encargaría de brindar el instrumento adecuado" para que las alertas rojas que alcanzaban "a cinco de los ocho acusados iraníes" fuesen "removidas, suspendidas o morigeradas" y carecerían "de razón de ser". "En segundo término, el acuerdo disponía la creación de la denominada Comisión de la Verdad, la cual estaba llamada a cumplir un rol central con miras a exculpar a los imputados de nacionalidad iraní, introduciendo para ello una hipótesis distinta a la sustentada por la justicia argentina", añadió.

Según el fiscal, la nueva hipótesis propuesta tenía "la finalidad de redireccionar" la causa AMIA y la Comisión de la Verdad "fue facultada a emitir recomendaciones que significarían una afectación a la investigación llevada a cabo por el Poder Judicial". "Lejos de procurar justicia, (el Memorando) estaba destinado a obstruirla e impedirla, siendo en realidad el medio escogido por los gobiernos involucrados para materializar el plan de encubrimiento que buscó brindar ayuda para dotar de impunidad a los acusados de nacionalidad iraní". En cuanto a los presuntos delitos perpetrados, Pollicita sostuvo que "el encuadre legal prima facie aplicable es el de grave violación a los derechos humanos por tratarse de un encubrimiento por favorecimiento personal agravado por tratarse el hecho precedente de un delito de lesa humanidad y por la calidad de funcionarios públicos". A estos agregó las figuras de impedimento o estorbo e incumplimiento de los deberes de funcionario público".

¿Nisman aprobaba las negociaciones? 

La defensa del excanciller Héctor Timerman presentó ante la Justicia documentación que acreditaría que el fallecido fiscal Alberto Nisman había aprobado las negociaciones entre la Argentina e Irán, impulsadas por Interpol, para un entendimiento sobre la investigación por el atentado contra la AMIA. 


El abogado de Timerman entregó copias de dictámenes de Nisman en los que, ante las tratativas en ciernes con el gobierno iraní, mostraba su ‘beneplácito‘ y las consideraba ‘altamente constructivas‘. Nisman, según un documento de 2008, expresaba: ‘Toda medida que implique una cooperación que tenga por objeto materializar y dar respuesta eficaz a los requerimientos formulados por la Justicia argentina, esta Unidad Fiscal la recibe con beneplácito y la encuentra altamente constructiva‘.