La Corte Suprema de Justicia comenzó a analizar el pedido de per saltum presentado ayer por Gobierno en contra de la extensión de la medida cautelar a favor del Grupo Clarín que resolvió el jueves la Cámara Civil y Comercial Federal, que impide la plena aplicación de la Ley de Medios.

Esa prórroga bloquea la implementación del artículo 161 de la ley, que es la obliga a las licenciatarias a desprenderse de los excedentes de licencias permitido.

Mediante dos presentaciones simultáneas -una realizada por la Jefatura de Gabinete y la otra por la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA)- el Ejecutivo pidió ante el Máximo Tribunal la suspensión inmediata de lo resuelto por los camaristas, y la posterior declaración de nulidad de la prórroga de la cautelar.

La Cámara resolvió prorrogar la cláusula de desinversión que solicitó Clarín hasta tanto se dicte una resolución de fondo. Es decir, que se determine si es constitucional o no el artículo 161 de la Ley de Medios referido a la desinversión de los grupos.

A media mañana, cuatro ministro de la Corte: el presidente Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi y Juan Carlos Maqueda ya habían recibido copia de la presentación del “recurso extraordinario de per saltum (por salto) de instancia‘ formulado por el Ejecutivo.

Con el per saltum, el Gobierno busca saltear de la causa al juez de primera instancia que tiene que resolver el planteo de fondo y a la propia Cámara Civil para que la Corte tenga la última palabra.

Fuentes de la Corte aseguraron que los ministros mantuvieron contactos “informales” entre sí, pero adelantaron que para expedirse aguardarán las opiniones de los demás, lo que recién ocurriría la semana próxima.

Para ello, les remitieron copia de las presentaciones del gobierno pidiendo el “per saltum” a los ministros que ayer no estaban en sus despachos, por caso Eugenio Zaffaroni, quien se encuentra de viaje en Colombia en una actividad académica.

En cambio, sin esperar la consulta la Corte rechazó por considerar “manifiestamente inadmisible” la solicitud del Grupo Clarín para que el tribunal no considerara el pedido gubernamental de per saltum.

La Corte Suprema deberá resolver primero si es procedente el planteo realizado por el gobierno nacional contra la prórroga dispuesta por la Cámara a la medida cautelar.

Según la ley de per saltum, la ‘admisibilidad del recurso‘ tendría ‘efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida‘, en este caso la extensión de la vigencia de la medida cautelar, explicaron las fuentes. En su presentación, el Ejecutivo esgrime que lo resuelto el jueves por los camaristas de la Sala I está viciado de ‘nulidad‘ porque contradice lo dispuesto por la Corte al resolver que el 7 de diciembre vencía la vigencia de la medida cautelar en caso de que no hubiera un fallo de fondo en la primera instancia.

De esta forma, la Jefatura de Gabinete hizo uso del recurso del ‘per saltum‘ para evitar pasar con una apelación por la Cámara en lo Civil y Comercial Federal, en base a la modificación del artículo 257 del Código Procesal, que habilita esa instancia.