Para viajar en auto durante las vacaciones de verano, es importante llevar todos los documentos en regla y que el vehículo cumpla las normas y condiciones requeridas para circular; todo ello con el fin de evitar problemas legales que puedan empañar la travesía.

Licencia de conducir. Expedida por los municipios aunque de alcance nacional, este documento es único y otorgado por jurisdicciones de nivel provincial o municipal para habilitar legalmente a conducir a una persona de acuerdo con la Ley Nacional 24.449. La licencia debe corresponder al tipo de vehículo que se conduce. Tiene validez por cinco años.

Documento Nacional de Identidad. Permite acreditar la identidad de las personas. Solo son válidos los DNI que hayan sido confeccionados de manera digital, tanto los que vienen en formato tarjeta como en libreta celeste. También poseen vigencia los que están digitalizados en el celular.

Cédula verde. Es un documento que permite acreditar que un vehículo puede circular en la vía pública. Allí figuran los datos del titular del vehículo, así como también la patente, marca, modelo y números de chasis y motor del vehículo. Para el titular, esta cédula no tiene vencimiento, mientras que si el conductor es distinto al propietario del vehículo, la validez se reduce a doce meses.

Cédula azul. Este documento solo se debe llevar en caso de que el conductor no sea el propietario del vehículo y la cédula verde se encuentre vencida. Puede ser pedida por el titular al Registro del Automotor para autorizar la conducción de su rodado a terceros. Cabe recordar que no tiene vencimiento pero pierde validez legal cuando se transfiere el vehículo.

Cédula amarilla. Obligatoria únicamente para los vehículos equipados con GNC y es exigida por el Enargas. Se renueva una vez por año y sirve para demostrar la seguridad del equipamiento de carga de combustible.

Oblea de RTO (Revisión Técnica Obligatoria) o VTV (Verificación Técnica Vehícular). Ambos son procedimientos de revisión mecánica para garantizar la seguridad y confiabilidad de los vehículos. La RTO es obligatoria para los vehículos de carga y pasajeros que realicen transporte interjurisdiccional, y la VTV se aplica a los rodados particulares. 

Póliza de seguro obligatorio. Requisito fundamental para viajar, es la contratación de un seguro de responsabilidad civil, más conocido como seguro contra terceros y que brinda cobertura frente a daños físicos y materiales ocasionados a otras personas, transportadas o no, como consecuencia de un accidente de tránsito. Además se debe considerar la adopción del servicio adicional que genera al asegurado una cobertura por riesgos adicionales, como daños que a terceros pueda ocasionar con su vehículo, frente a efectos climáticos extraordinarios o ante robos totales o parciales.

Grabado de autopartes. Esta disposición es obligatoria únicamente en la Ciudad de Buenos Aires y las provincias de Mendoza, Buenos Aires, Córdoba y San Juan. Se trata de colocar el número de patente en piezas no movibles del vehículo, con el objetivo de identificarlas en caso de robo.  En los automóviles se imprimen en seis lugares: capot, tapa del baúl y las cuatro puertas, mientras que en las motos se aplica solo en un lugar del cuadro visible. La disposición rige para modelos 1995 en adelante.