Buenos Aires, 16 de julio.- El Estado bonaerense deberá
indemnizar a un joven que fue violado cuando tenía 9 años por un
compañero en un colegio público de Quilmes, debido a la "inexcusable" responsabilidad de la administración provincial frente a semejante daño, según resolvió la Suprema Corte de Justicia de ese distrito.
La Corte hizo lugar a un recurso extraordinario interpuesto
por la madre del chico y determinó que la víctima cobre 63 mil pesos más intereses que se contarán desde la fecha en que se concretó el ultraje, ocurrido en setiembre de 1998 en un recreo en un baño de la Escuela 76 EGB de Quilmes.
La violación "resultaba totalmente evitable", pero "no hubo un
adulto o un docente que estuviera atento a las circunstancias de
los niños mientras que transcurría el recreo, y que obrando con la
diligencia debida hubiera podido impedir el acaecimiento del
deplorable suceso", sostuvo el fallo.
"Los padres delegan el cuidado de sus hijos en las horas de
permanencia en la escuela, confían en que están sanos y salvos,
indemnes, sin peligro para la integridad física o psíquica. El daño al
menor es un hecho no casual, ni fortuito, es un hecho que puede y debe anticiparse y evitarse", dijo la Corte.
La pesadilla del chico ocurrió el 22 de setiembre de 1998,
cuando en el tercer recreo "fue objeto de abuso (violación) por parte de otros menores (de entre 9 y 11 años al momento del hecho) compañeros de juego", dice el fallo al que accedió DyN.
En el último recreo varones de 4º grado B "jugaban al ‘cañito
la liga’: (la víctima) perdía a menudo y recibía una patada suave
de cada uno de los chicos. Todavía no había terminado el recreo
cuando van hacia el baño, no sin antes y mientras el niño se ponía
en posición de recibir una patada" otro chico lo violó, relata el
fallo en base al testimonio de otro alumno.
A raíz de la demanda iniciada en noviembre de 1999, la
Justicia de instrucción ordenó pagar el resarcimiento por "daños y
perjuicios", pero la Cámara en lo Civil y Comercial de Quilmes lo
rechazó y liberó de responsabilidad a la provincia.
Según la Cámara, "no se acreditó ni la existencia del hecho
-en el día indicado-, ni sus autores materiales, ni mucho menos
que el mismo haya ocurrido en las instalaciones del colegio".
En su fallo, los camaristas afirmaron que "la propia madre" de
la víctima refirió a la Justicia de menores que "sólo lo
tocaron", mientras la psicopedagoga de la escuela dijo que "el niño no presentaba signos de abuso infantil".
Sin embargo, los jueces de la Corte bonaerense Hilda Kogan,
Luis Genoud, Eduardo Pettigiani y Eduardo de Lázzari avalaron el
dictamen del subprocurador General Juan Angel de Oliveira y dijeron que el fallo apelado era grave y "absurdo": aseguraron que había pruebas suficientes para acreditar la violación.
Para los jueces, la interpretación de la madre pudo deberse a
una desesperación inicial, mientras el hisopado hecho al menor
detectó rastros de líquido sin enzimas parecido al semen, típico de
la pubertad.
"No hay discusión respecto de la lesión que presenta (…).
Tanto el juez de origen como la Cámara son contestes en manifestar que el daño surge probado" por una "fisura", dijo el subprocurador que -además- subrayó los distintos testimonios en la causa que detallan que el nene fue forzado a entrar al baño.
Según recordó, un nene había visto cómo otro "en el baño,
estando ellos solos, lo violó". Una compañerita dijo que el nene
agresor se jactó en el aula de que minutos antes en el baño él y otros tres chicos le habían bajado los pantalones a la víctima y luego lo violó, y aseguró que la propia víctima le contó que el otro nene "lo había violado". Y otro relató que encontró a la víctima "en
el baño llorando" y "también estaba ‘el grandote’".
Así, para la Procuración los hechos "han tenido lugar dentro
del establecimiento educacional dependiente del fisco demandado,
durante el desarrollo de la jornada escolar por lo que (…) emerge
incólume que la responsabilidad imputada al Fisco de la Provincia
de Buenos Aires".
"Es evidente que incumplió el deber de seguridad a su cargo,
sin importar, como ya dijera a dichos fines, quién fue el autor o
los autores materiales del abuso perpetrado", sostuvo.
La Corte, a través del voto de la jueza Kogan, ratificó la
responsabilidad del Estado provincial y destacó que los chicos suelen provocarle daño a sus compañeros "generalmente en los momentos de recreos o descanso, o aún en la clase".
Añadió que "los padres delegan el cuidado de sus hijos en las
horas de permanencia en la escuela, confían en que están sanos y
salvos, indemnes, sin peligro para la integridad física o
psíquica". Y consideró que la Cámara no valoró debidamente pruebas como el informe médico policial realizado el mismo día del abuso y que confirmó las lesiones. A ese voto se sumaron las consideraciones de Genoud, Pettigiani y De Lázzari.
Justamente, los jueces incluyeron en su fallo el examen de
Laboratorio Químico Pericial de la Provincia de Buenos Aires.