El Hospital Italiano de la localidad bonaerense de San Justo deberá afiliar de manera provisoria pero “inmediata” a una mujer que, por problemas en otro centro asistencial, se había quedado sin cobertura médica, según una decisión de la justicia.
La medida cautelar la dictó la jueza federal de la localidad de San Martín, Martina Forns, ante la acción de amparo iniciada por A.M.G., de 84 años.
La magistrada ponderó el “derecho a la salud” e “integridad física de las personas” y dispuso que la mujer sea afiliada al Plan Familiar que integran su esposo, una de sus hijas y tres nietas, con la aclaración de que la mujer debe abonar las cuotas que correspondan a la cobertura médica. La demandante dijo que luego de atenderse durante más de 50 años en el Centro Gallego de la ciudad de Buenos Aires se quedó sin cobertura médica y por eso decidió afiliarse al Hospital Italiano de San Justo. El pedido fue rechazado por las autoridades del centro asistencial, que no contestaron una intimación por carta documento de la mujer demandante. Pero en una instancia prejudicial, las autoridades del Hospital Italiano dijeron que rechazaron la afiliación porque la mujer ocultó enfermedades en su solicitud. Fuente: Télam.
