A través del Decreto 624/2020 publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno oficializó la prórroga por sesenta días que prohíbe los despidos y suspensiones en el marco de la emergencia sanitaria. De esta manera, las empresas no podrán despedir ni suspender trabajadores hasta el 30 de septiembre.

“Los despidos y suspensiones que se dispongan en violación de lo dispuesto en el presente decreto no producirán efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales”, expresa el artículo 4 del texto.

Entre los considerandos, la medida señala: “Que esta crisis excepcional exige prorrogar la oportuna adopción de medidas de idéntica índole asegurando a los trabajadores y a las trabajadoras que esta emergencia no les hará perder sus puestos de trabajo”.

En la misma línea, argumenta que "resulta indispensable continuar garantizando la conservación de los puestos de trabajo por un plazo razonable, en aras de preservar la paz social y que ello solo será posible si se transita la emergencia con un Diálogo Social en todos los niveles y no con medidas unilaterales de distracto laboral, que no serán más que una forma de agravar los problemas que el aislamiento social, preventivo y obligatorio, procura remediar”.

La prohibición de despidos y suspensiones fue decretada en marzo, luego de que el Gobierno cuestionara los despidos en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio para prevenir el avance del coronavirus.